SENTENCIA DE LA AUDIENCIA DE ZARAGOZA
Tres años de cárcel por agredir sexualmente a la mujer a la que alquiló una habitación de su piso de Zaragoza
El acusado eyaculó sobre su víctima y le produjo cortes en las mamas y los muslos
![Los acusados, durante el acto de la vista oral.](https://estaticos-cdn.prensaiberica.es/clip/4683ca6a-06b2-4930-b103-58323f038b04_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg)
Los acusados, durante el acto de la vista oral. / EL PERIÓDICO
F. V.
Un hombre de 41 años, Abu Sufian, ha sido condenado a tres años de prisión y al pago de una de indemnización de 8.200 euros por agredir sexualmente y lesionar con instrumento peligroso a una mujer de 53 años a la que había alquilado una habitación en su vivienda de la avenida América, en el zaragozano barrio de Torrero. Un compañero del anterior, Noor M., juzgado por abuso sexual, ha sido en cambio absuelto al no quedar acreditado que este realizara tocamientos y eyaculara encima de la denunciante, representada por la abogada zaragozana María Pilar Auría.
La sentencia considera probado que Sufian, que se exponía inicialmente a 10 años de cárcel, había alquilado una habitación a la víctima y que, en la madrugada del 12 de abril del 2018, “irrumpió” bruscamente en ella y se abalanzó sobre la mujer, que estaba en ropa de cama.
Al mismo tiempo, recoge la resolución, “le subió la camiseta y empezó a hacerle tocamientos en diversas partes del cuerpo con una mano, mientras que con la otra le hacía unos cortes utilizando un objeto punzante que no ha podido ser identificado”.
Lesiones punzantes
A continuación, agrega la sentencia, “le bajó las bragas, “le hizo tocamientos en sus zonas íntimas” y frotó su cuerpo contra el de ella, terminando con una eyaculación sobre su cuerpo, “sin que se haya acreditado que le introdujera un dedo en la vagina”.
Como consecuencia de la agresión, según el tribunal, la víctima sufrió múltiples heridas en las mamas y en los muslos que necesitaron para su curación tratamiento médico y requirieron 20 días de cuidados hasta sanar totalmente. Fueron propinadas por un objeto punzante que no se ha podido determinar.
En cambio, con respecto a Noor M., de 40 años, amigo del anterior y que estaba en el piso en cuestión, el tribunal considera que el testimonio de la denunciante “no se ve corroborado por ninguna prueba periférica”. “No hay en la causa ni una sola prueba, ni directa ni indirecta, que venga a ratificar la denuncia”, señala la resolución en sus fundamentos de derecho. Y añade: “La declaración de la víctima en este caso no alcanza suficiente fuerza probatoria en la que fundamentar una resolución de condena para el acusado”. Por ello la sala ha procedido a su absolución.
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