45 años de la Constitución: ¿Quién te ha leído y quién te lee?

«En la lectura de la Constitución cada uno se pone las gafas de su ideología y ve lo que le interesa»

La Constitución española.

La Constitución española. / EP.

José Ignacio López Susín

José Ignacio López Susín

Tras la caída del «antiguo régimen» nacieron las constituciones modernas como forma de articular los Estados, lo que no quiere decir que todas fueran democráticas (en ningún caso puede calificarse así la de 1812 que se tiene por origen del constitucionalismo español).

En España hubo varias después (el Estatuto Real de 1834, las de 1837, 1845, 1869, 1876 y 1931) de distinto signo político y que respondía a diversas situaciones sociales. La de 1978 es producto de la transición de la dictadura franquista al régimen democrático, alcanzada mediante el pacto y cesión de los distintos actores representados en las Cortes. Estamos acostumbrados, en los últimos años, a que se nos presente como un texto sacrosanto que guía nuestra vida y nuestro pensamiento dividiendo, algunos, a la sociedad en constitucionalistas y no constitucionalistas.

Sin embargo, es curioso comprobar cómo fue la votación de este texto, pues los que se arrogan ahora el constitucionalismo a machamartillo no fueron, precisamente, quienes con más fervor se destacaron por su aprobación. Así, Alianza Popular (que más tarde daría lugar al PP) dividió su voto: 9 diputados votaron a favor, 3 se abstuvieron y nada menos que 5 votaron en contra (juntamente con el único diputado de Euskadiko Ezkerra… –votando con los «etarras», diría ahora alguno–). En la campaña del referendum pidieron el voto negativo Fuerza Nueva, Falange Española de las JONS, Unión Carlista, Unión Nacional Española y Comunión Tradicionalista. Algunos de estos partidos aún subsisten como hemos podido ver en las últimas semanas en las concentraciones ante las sedes del PSOE, alentadas por los herederos del franquismo. Un total de 17 partidos se posicionaron por la abstención, entre ellos el Partido Socialista de Aragón (PSA), y finalmente se aprobó con el 58,97% del censo electoral a favor (la participación fue del 67,11%, de los que el 87,78% votó «sí»).

Para quienes no vivieron aquel momento histórico será tal vez difícil comprender el posicionamiento en contra de la Conferencia Episcopal por la proclamación de la libertad religiosa (art. 16) y el carácter aconfesional del Estado. Por eso sorprende que aún hoy desde determinadas instancias públicas se convoquen misas funeral (hace unos pocos días, por el Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, el mismo que la semana anterior se pronunciaba contra una ley que todavía no existe por ir en contra de la Constitución) o se apoye la educación concertada (en centros religiosos) en detrimento de una mejor financiación de la pública.

Para otros la Constitución se acaba en el artículo 2 (la indisolubilidad de la nación española) y les cuesta dios y ayuda leer y entender el 3 (la riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es un patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección) y asimilar el 31 (todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad), entre otros.

Algunos no entienden qué significa el término «foral» e incompresiblemente excluyen a Aragón de ese concepto (véase la sentencia del Tribunal Constitucional de 12 de diciembre de 2019, contra la Ley de Derechos Históricos, que se basa precisamente en que el nuestro no es un territorio foral…).

En definitiva, que en la lectura de la Constitución cada uno se pone las gafas de su ideología y ve lo que le interesa, como en el caso de la amnistía. ¿Está o no incluida en el artículo 62 cuando habla del «derecho de gracia con arreglo a la ley», aunque excluya los indultos generales, que no es lo mismo?

Parece difícil pronunciarse apriorísticamente, antes de conocer el texto definitivo que salga de las Cortes, como están haciendo tantos estamentos judiciales, así como colegios de abogados y «bufetes de prestigio» varios. Otra cosa distinta es si encaja en la ética, además de en las buenas prácticas y la política con mayúsculas.

Habrá que recurrir, una vez más, a la «ley Campoamor» (por Ramón de Campoamor), tan usada en la administración pública, para decir: Y es que en el mundo traidor / nada hay verdad ni mentira: / todo es según el color / del cristal con que se mira.