Agresión sexual
Diez años de cárcel por seguir a una menor y violarla en el portal de su casa en Zaragoza
La arrinconó contra la zona de los buzones, le bajó las bragas y le introdujo un dedo en la vagina
También embistió a dos policías cuando trataba de huir
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Zaragoza ha condenado a Brahian Alejandro Londoño Londoño (Colombia, 2002) a diez años de cárcel por seguir a una adolescente de 14 años hasta su casa e introducirle un dedo en la vagina. También deberá abonar 1.080 euros como autor de un delito de resistencia a la autoridad por embestir contra dos policías nacionales durante su huida por las calles del zaragozano barrio del Gancho. Y, por las lesiones infligidas a cada uno de los dos agentes, hará frente al pago de otros 360 euros.
Los hechos referidos se remontan a la primera hora de la tarde del 25 de abril de 2023, cuando la joven se apeó del autobús en dirección a su casa al regresar entonces del colegio. Londoño Londoño se sintió atraído por la chica -«estaba sentado pensando si irme a las putas, vi a una chavala y fui detrás de ella», dijo- y decidió seguirla hasta que entró en el portal del edificio donde vive. Allí la arrinconó en la zona de los buzones, le tapó la boca, le bajó las bragas y le introdujo un dedo en la vagina.
El joven colombiano salió corriendo del rellano cuando la víctima empezó a gritar y se dio a la fuga hasta que dos agentes del Cuerpo Nacional de Policía le dieron el alto en la intersección de la calle Ramón Pignatelli y la avenida César Augusto. No dudó en embestir contra los policías, a quienes pataleó tras caer el suelo hasta que lograron engrilletarle.
Hace un par de semanas, el acusado reconoció los hechos en el juicio, aunque defendió que no existió acceso carnal al reiterar que solo manoseó los genitales de la joven. El tribunal provincial, presidido por el magistrado José Ruiz Ramo, considera probado que Londoño Londoño sí introdujo uno de sus dedos a tenor del informe forense practicado en el plenario al revelar el estudio que la víctima presentaba una escoriación (herida) en la horquilla vulvar. Los magistrados entienden que existió penetración porque, si no, no se habría apreciado la citada lesión y también aluden al dolor que refirió la adolescente.
Trastorno antisocial
Sí que considera el tribunal que concurre la atenuante analógica de trastorno mental en los actos del acusado porque el informe forense indica que presenta rasgos propios del trastorno antisocial de personalidad. «Siento que no estoy bien de la cabeza. Le tapé la boca y le dije: ‘cállate’. Le metí las manos en las bragas, empezó a gritar y, como me asusté me fui», reconoció el procesado. «He leído en Internet que hay una fuerza que te da la juventud y te hace tener suerte. Cuando tienes contacto con alguien joven, te hace más inteligente», añadió.
La sentencia también recoge una orden de alejamiento de 300 metros durante diez años y el pago de 12.000 euros de indemnización en concepto de responsabilidad civil por los daños morales ocasionados a la víctima. Inicialmente, el ministerio fiscal solicitaba una pena de doce años de cárcel por el delito de agresión sexual y la acusación particular a cargo de Marco Antonio Navarro y Carlos Álvarez de Eulate, en representación del sindicato Jupol, pedía otros años de prisión por el delito de atentado.
La defensa ejercida por Alejandro Sarasa, por su parte, interesó una condena de un año de cárcel al entender que no existió acceso carnal, que su representado desconocía la edad de la chica y que concurrían las atenuantes de enajenación mental o drogadicción y de reparación del daño. Alternativamente, presentó otras tres condenas que oscilaban entre los dos y los cinco años de prisión. Contra el fallo todavía cabe recurso de apelación ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA).
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