SUCESOS EN ARAGÓN

Debate entre homicidio o lesiones por la paliza mortal a un interno de Atades en Alagón

Un compañero con un grado de discapacidad del 70% confesó haber pisado varias veces la cabeza de la víctima, que murió intubada a los días en un hospital

El agresor y su víctima convivían en el centro Ciudad Residencial Sonsoles, ubicado en la localidad de Alagón. | ATADES

El agresor y su víctima convivían en el centro Ciudad Residencial Sonsoles, ubicado en la localidad de Alagón. | ATADES / a. t. b.

¿Un homicidio o unas lesiones que, a los días, acaban con la muerte en la uci de quien ha recibido varias patadas en la cabeza? Estas son las dos opciones que se discuten en un juzgado de Zaragoza por la muerte violenta de un interno de Atades de 75 años, víctima de la paliza que confesó uno de sus compañeros –presenta un grado de discapacidad del 70%– en el centro Ciudad Residencial Sonsoles ubicado en la localidad zaragozana de Alagón. Y es que la calificación jurídica de los hechos en fase de instrucción conlleva importantes diferencias a la hora de juzgar los hechos. A falta de una resolución definitiva, según ha podido saber EL PERIÓDICO DE ARAGÓN, la jueza titular del Juzgado de Instrucción número 6 de Zaragoza ha acordado la continuación de la causa por el procedimiento del tribunal del jurado.

O lo que es lo mismo: por el momento, y a falta de que concluya la instrucción de la causa, la jueza considera que un jurado popular debe juzgar en la Audiencia Provincial de Zaragoza al investigado como autor de un delito de homicidio. El auto responde favorablemente a la solicitud formulada por el letrado de la acusación particular, el abogado Cristian Monclús, quien considera que el acusado es autor de un delito de homicidio con la concurrencia de la eximente incompleta de «trastorno psiquiátrico».

En función de la calificación definitiva que determine el juez instructor, el destino del procesado, por un lado, acarrearía una petición inferior o superior de cárcel y, por otro lado, quedaría en manos de un tribunal profesional o de nueve profanos de la Justicia. A día de hoy, la jueza ha acordado la práctica de más medios de prueba para aclarar las circunstancias de lo ocurrido el 9 de junio de 2023, cuando el investigado empujó contra el suelo a la víctima, le propinó una patada en las costillas y le pisó varias veces la cabeza hasta marchar de allí.

Un trabajador del centro se encontró a la víctima en estado inconsciente al mismo tiempo que yacía sobre un charco de sangre. Fue trasladado hasta el hospital Clínico Lozano Blesa, donde los profesionales sanitarios le indujeron al coma hasta que finó el 22 de junio como consecuencia de la concatenación de varias lesiones, entre ellas, un traumatismo craneoencefálico severo y varios hematomas en diferentes partes del cuerpo. Para entonces, el agresor ya había confesado su actuación ante uno de los empleados del centro y, en ese momento, la investigación todavía no se había dirigido contra su persona.

Estas son las pruebas que ha valorado la jueza instructora para acordar la continuación del procedimiento por la Ley del Jurado. «Por concurrir en los hechos los elementos típicos del delito de homicidio, en concreto, el dolo eventual dado el modo y forma en que presuntamente se cometieron los hechos imputados al investigado», señala la jueza en el auto.

El ministerio fiscal y la defensa, por su parte, defienden que el interno es autor de un delito de lesiones en concurso con un delito de homicidio imprudente con la concurrencia de la atenuante de confesión y la eximente de trastorno mental. De ahí la exoneración del procesado de cualquier tipo de responsabilidad penal como consecuencia de presentar un grado de discapacidad del 70%. En la causa también están personados el Gobierno de Aragón –la tutela del acusado corría a su cargo– y Atades como responsables civiles subsidiarios de los hechos.

En línea con los postulados de la Fiscalía, desde la defensa alegan que no existe no existía intención de matar en la actuación de su representado como consecuencia del trastorno mental que padece. El ministerio público se refiere a ello al defender que, cuando se desencadenó la agresión, la capacidad de controlar sus actos estaba afectada.

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