SUCESOS EN ARAGÓN

Tiroteo en Villamayor de Gállego: ocho años de cárcel por disparar a su cuñado en la cara

Un padre y su hijo fueron a casa de su hermana para llevársela porque no aceptaban la relación que tenía con la víctima

El disparo alcanzó el rostro de la víctima, que sufrió un traumatismo ocular y un desprendimiento de la retina

Tiroteo en Villamayor de Gállego: "Yo no disparé, saqué el arma para intimidar un poco"

Daniel Arizón Simón y su hijo, en el banquillo de los acusados de la Audiencia Provincial de Zaragoza.

Daniel Arizón Simón y su hijo, en el banquillo de los acusados de la Audiencia Provincial de Zaragoza. / MIGUEL ÁNGEL GRACIA

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Zaragoza ha condenado a ocho años y tres meses de cárcel a Daniel Arizón Simón (España, 1979) como autor de un delito de homicidio en grado de tentativa por disparar contra su cuñado el 17 de enero de 2023 en Villamayor de Gállego. El ahora condenado y su hijo -Daniel A. D. (España, 1997)- se dirigieron hasta el domicilio de la hermana del primero movidos por la animadversión que sentían hacia la víctima, a quien el progenitor asestó un disparo con una escopeta con el resultado de que varios perdigones alcanzaron su rostro. Desde entonces sufre una disminución de la agudeza visual en el ojo derecho como consecuencia de un traumatismo ocular en el globo ocular y el posterior desprendimiento de la retina. Y el resultado final del tiroteo podría haber sido otro de no haber sido por la entrada en escena de la mujer, que se abalanzó sobre la víctima para evitar que su hermano le asestara un segundo disparo.

Los hechos referidos se remontan al mediodía del 17 de enero de 2023, en torno a las 13.00 horas, cuando padre e hijo se dirigieron a la finca en la que residía su hermana y tía, respectivamente, con su pareja sentimental. Ambos lo hicieron provistos de una escopeta y de una pistola, pero solo el padre intentó acabar con la vida de su cuñado a la llegada de este último al domicilio. Lo hizo a bordo de una furgoneta, vehículo que utilizó como refugio para evitar que ambos le encañonaran hasta que el progenitor le apuntó y le disparó desde la ventana de la puerta del copiloto.

Los agentes de Balística de la Guardia Civil explicaron en el juicio que encontraron 88 impactos de bala en el interior de la furgoneta, de los cuales entre cuatro y cinco alcanzaron el rostro hasta provocar la caída al suelo a merced del pistolero. Le salvó la intervención de su pareja, que se tiró encima de él para evitar un segundo disparo que terminara con resultado de muerte. «Salieron dos personas armadas cuando bajé de la furgoneta. Intenté cubrirme, pero me pilló el tiro desde el otro lado de la ventanilla y caí muerto al suelo. No tenía consciencia», concretó el herido, quien aclaró que el vástago "intentaba" evitar que el progenitor le apuntara con la escopeta, aunque al final no lo lograra. De ahí que, ahora, el hijo haya quedado absuelto pese a que inicialmente también se le imputaba el mismo delito que a su padre.

"Un arma idónea"

El tribunal provincial, presidido por el magistrado Alfonso Ballestín, considera que los hechos son constitutivos de un delito de homicidio en grado de tentativa porque Arizón Simón cargó el arma, apuntó y disparó a su cuñado a muy poca distancia. "Un escopeta como la utilizada es un arma idónea para causar la muerte si los perdigones alcanzan zonas vitales, por lo que el ánimo de matar o, cuando menos, una previsión y aceptación del resultado de muerte, se evidencia claramente", argumentan los magistrados.

Quien no quiso aclarar nada de lo sucedido fue la mujer -"tengo una laguna en mi cabeza y no recuerdo muchas cosas", reiteró- a pesar de que, tanto en dependencias policiales como en fase de instrucción, declaró que los Arizón se la querían llevar de casa. De ahí que la sentencia incluya ahora la deducción de testimonio de sus declaraciones por si hubiera podido incurrir en un delito de falso testimonio. El citado fallo también recoge una pena de nueve meses de cárcel para cada uno de ellos por un delito de tenencia ilícita de armas y el progenitor, además, deberá indemnizar a la víctima con el pago de 78.900 euros por los daños ocasionados.

Inicialmente, tanto el ministerio fiscal como la acusación particular a cargo del abogado Joaquín Tortajada, en sustitución de Olga Oseira, solicitaron una pena de diez años de cárcel y el pago de 80.000 euros de indemnización en concepto de responsabilidad civil. La defensa ejercida por Alejandro Sarasa, por su parte, interesó la libre absolución del hijo –Daniel A. D.– y una condena de dos años de cárcel para el padre –Daniel A. S.– como autor de un delito de lesiones con instrumento peligroso con la concurrencia de la atenuante de confesión y de reparación del daño. Contra el fallo todavía cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA).

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