Alto tribunal

Villar Mir, Fertiberia y Ferroatlántica fracasan en su intento de recuperar 9,8 millones de su inversión en Bankia

El alto tribunal rechaza que las empresas digan ahora que fueron engañadas por Bankia pues "tenían un consejero común", en referencia a Javier López Madrid

Juan Miguel Villar Mir en una imagen de febrero de 2018.

Juan Miguel Villar Mir en una imagen de febrero de 2018. / EP

Tono Calleja Flórez

El Tribunal Supremo ha rechazado condenar a Bankia, y su sucesora Caixabank, a devolver a Grupo Villar Mir, Fertiberia y Ferroatlántica un total de 9.861.995 euros que las tres firmas invirtieron en 2011 en la salida de Bolsa de la entidad financiera, entonces presidida por el exministro de Economía Rodrigo Rato, según consta en una sentencia de 6 de junio, a la que ha tenido acceso EL PERIÓDICO DE ESPAÑA, del grupo Prensa Ibérica.

En concreto, Grupo Villar Mir reclama 2.958.597 euros; Fertiberia 3.451.699 euros; y Ferroatlántica 3.451.699 euros. Y en 2019, cuando el empresario de 91 años Juan Miguel Villar Mir todavía se encontraba al frente de las compañías, las firmas recurrieron la sentencia que había dictado previamente la Audiencia Provincial de Madrid, en la que rechazaba anular las órdenes de compra en la Oferta Pública de Suscripción de Acciones de Bankia.

Cuatro años después, Villar Mir ya está fuera de los negocios, al mismo tiempo que ya no es dueño de Fertiberia y Ferroatlántica. Sin embargo, tanto el Grupo familiar como las otras dos compañías han recibido malas noticias del Tribunal Supremo, que ha rechazado decretar la nulidad de la compra "por error" de las acciones de Bankia.

Falta de veracidad

Los magistrados toman esta decisión pese a reconocer que el folleto de emisión de la oferta pública de acciones de Bankia "adolecía de graves inexactitudes" y que la "falta de veracidad" del folleto informativo era un hecho "notorio y acreditado".

Grupo Villar Mir suscribió en 2011 una orden de compra de 800.000 acciones de Bankia por su valor de emisión (3,75 euros por acción), por las que pagó 3.000.000 euros. Fertiberia y Ferroatlántica suscribieron cada una de ellas 933.333 acciones por 3.499.999 euros. Esas tres sociedades, en el momento en que suscribieron las acciones del banco presidido por Rato, estaban integradas en el grupo societario de Villar Mir.

Las tres firmas presentaron el 25 de mayo de 2016 una demanda contra Bankia en la que pedían la nulidad de las órdenes de suscripción de acciones con la intención de que se les restituyera la diferencia entre la cantidad pagada por la suscripción de las acciones y la obtenida en su posterior venta. A estos fondos pretendían sumar "los gastos de venta de las acciones y los intereses legales".

Un consejero común

Pero el juzgado de primera instancia desestimó la demanda al considerar que las empresas de Villar Mir y Bankia no podían sostener que fueron engañadas, ya que "tenían un consejero común", en referencia a Javier López Madrid, yerno de Villar Mir, que fue condenado a seis meses de cárcel por el caso de las tarjetas black de Caja Madrid: "Parece evidente que las demandantes tenían o deberían de haber tenido en el momento de la adquisición de las acciones de la demandada datos suficientes y distintos de los contenidos en el folleto informativo", completa la sentencia del Tribunal Supremo de 6 de junio.

Al recurrir al Tribunal Supremo, los abogados de las empresas aseguraron que la Audiencia Provincial de Madrid no tuvo en cuenta que en la decisión de comprar las acciones fue determinante "la falta de veracidad del folleto".

Sin embargo, el Tribunal Supremo destaca que todos los tribunales resaltaron que los análisis que llevaron a las empresas a invertir en acciones de Bankia se realizaron antes de que se publicara el folleto. Por tanto, los magistrados no aceptan la tesis de que la "falsa" situación patrimonial y financiera plasmada en el folleto fuera determinante para que las firmas compraran las acciones del banco.

EL PERIÓDICO DE ESPAÑA se ha puesto en contacto con un responsable de prensa del Grupo Villar Mir, que ha preferido no hacer declaraciones sobre la sentencia, sobre la que no cabe recurso.