Estos serán los trabajadores afectados por un impuesto de Hacienda

El cobro de esta tasa, de la que hasta ahora dicho colectivo estaba exento, entrará en vigor en 2024

La ministra de Hacienda, María Jesús Montero.

La ministra de Hacienda, María Jesús Montero. / JOSÉ LUIS ROCA

Todo trabajador tiene una serie de obligaciones tributarias y fiscales, tanto los que están contratados como los que trabajan por cuenta propia. Sobre este último grupo, se ha dado un cambio importante en lo que respecta al pago de impuestos. El ministerio de Hacienda informa que los autónomos comenzarán a pagar en 2024 una tasa de la que, hasta ahora, estaban exentos.

Pero no tienen este deber el total de los cotizantes de este colectivo. De hecho, la medida está dirigida concretamente a los que se han empezado a ser emprendedores este año 2023 y que ya paguen las mensualidades de la Seguridad Social en función de sus ingresos netos.

Esta y otras modificaciones están recogidas en el Real Decreto-Ley 13/2022, donde también se exige que los contribuyentes expongan una declaración responsable de ingresos de forma trimestral. Así, se podrá proceder al cálculo de la cuota correspondiente de cada autónomo.

De Hacienda para los autónomos: IRPF obligatorio

Los trabajadores autónomos deberán pagar, a partir de 2024, el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), según lo establecido por el nuevo sistema de cotización. La principal novedad radica en que este tributo se solicitaba únicamente a aquellos con un mínimo de rendimiento anual.

Ahora, no hay excepciones ni límites en los ingresos para los que hayan iniciado su actividad económica por cuenta propia este 2023. La Agencia Tributaria estima que esta nueva medida afectará a alrededor de 200.000 contribuyentes en 2024. Además del IRPF, este año todos los autónomos deben declarar trimestralmente el IVA, ambos impuestos siempre presentes en cualquier empleo.

Por su parte, el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) debe presentarse a Hacienda cada tres meses y se calcula restando el IVA devengado en facturas de ingreso menos el soportado en facturas de gasto. En cambio, el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) se aplica de manera directo sobre los ingresos del autónomo obtenidos durante su actividad, y de los cuales dependerá el porcentaje de IRPF.