Esta es la razón por la que Hacienda te puede multar con 120.000 euros
Solicitar devoluciones de manera indebida se considera una infracción grave
Miguel Escocés
La Agencia Tributaria está siempre pendiente de la manera en las que el contribuyente declara sus ingresos y bienes. Es algo que es de sobra conocido por todos los trabajadores del estado. Pero existen ciertas medidas que no son muy conocidas, y que pueden llevar a disgustos mayúsculos.
Las transgresiones ante Hacienda pueden ser clasificadas en leves, graves o muy graves. Aunque pueden implicar el abono de un porcentaje del monto defraudado e incluso la interrupción de una actividad laboral, lo común es que conlleven un costo establecido.
Las multas de Hacienda por infracciones leves representan un gasto de hasta 3.000 euros (sin ocultación de información), equivalente a un máximo del 50% de la cantidad defraudada. Por otro lado, las multas graves de la AEAT superan los 3.000 euros y exigen el reembolso completo de la suma no declarada en su momento.
En el caso de las multas muy graves de la Agencia Tributaria, implican el 150% del dinero no declarado. Esta situación indica una ocultación intencionada de información por parte del declarante, y si el fraude supera los 120.000 euros, podría constituir un delito fiscal en sí mismo.
Las sanciones más comunes de Hacienda
Incumplir con el pago de impuestos en los plazos establecidos, no presentar en tiempo y forma las declaraciones y documentos correspondientes o solicitar una devolución que no nos corresponde son algunas de las sanciones más comunes de Hacienda. En estos casos, las multas varían dependiendo de la calificación que el organismo público otorque a las infracciones, ya sea leve, grave o muy graves
Solicitar devoluciones de manera indebida se considera una infracción grave y, según la naturaleza de la infracción, puede conllevar una multa proporcional del 15% o una multa fija de 300 euros.
Por su parte, no presentar en plazo declaraciones o autoliquidaciones sin que esto cause perjuicio económico a la AEAT, o que carezcan de elementos obligatorios como el domicilio fiscal, son infracciones leves penalizadas con multas económicas que oscilan entre 100 y 200 euros.
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