Cierres en pandemia

Un centenar de hosteleros ha retirado su petición de indemnización por covid ante el Supremo para evitar las costas

El alto tribunal ya ha rechazado 48 demandas en las que se solicitaba al Estado que compensara por los cierres en pandemia

Un bar de Sabadell cerrado el marzo pasado por el covid-19.

Un bar de Sabadell cerrado el marzo pasado por el covid-19. / ARCHIVO

Cristina Gallardo

La primera sentencia que eximió al Estado de compensar a los hosteleros por los cierres de sus negocios durante la pandemia de covid está teniendo efecto en el sector, y un total de 106 propietarios de bares, restaurantes y hoteles han desistido de sus demandas ante el alto tribunal. A día de hoy, desde que se hizo pública la primera sentencia el pasado 31 de octubre, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo ha rechazado un total de 48 demandas y ha condenado a pagar en costas un promedio de 4.000 euros por caso. 

La primer resolución, que sirve para aplicar criterios generales a casi un millar de recursos que aún esperan ser resueltos, fue el de demanda planteada por el Hotel Alhambra Palace, en Granada, cuyos responsables reclamaban una indemnización de 417.000 euros por el perjuicio económico derivado del cierre. 

La sentencia, cuyo ponente fue

, afirma que la inconstitucionalidad de los estados de alarma no sirve para fundamentar las reclamaciones, que las restricciones eran necesarias y existía el deber jurídico de soportarlas. En su reclamación, los hosteleros esgrimían la imprevisión del Gobierno y su tardanza en adoptar medidas frente al coronavirus como base en la que asentar sus reclamaciones, pero este argumento no fue estimado.

Petición de 315 millones

Entre los 48 casos que ya se han desestimado figura el del Grupo Globalia, que solicitaba una indemnización de unos 315 millones de euros, informa Europa Press. En todos los casos, tal y como hiciera en el primero, el Supremo ha explicado que la responsabilidad patrimonial exige una antijuricidad y que en este caso los daños sufridos por los hosteleros no son antijurídicos porque las medidas adoptadas por la Administración del Estado para hacer frente al coronavirus fueron "necesarias, adecuadas y proporcionadas a la gravedad de la situación".

El Supremo ha recodado, además, que --aunque los reales decretos del estado de alarma se declararon parcialmente inconstitucionales por el Tribunal Constitucional-- fue la propia corte de garantías la que afirmó que esa inconstitucionalidad no era por sí misma título suficiente para fundar reclamaciones de responsabilidad patrimonial.

Además del millar de demandas aún sobre la mesa del Supremo, el Consejo de Ministros tiene que resolver hasta 9.000 reclamaciones más que serán igualmente desestimadas si bien, previsiblemente, la jurisprudencia ya existente evitará ahora la presentación de la mayoría de los recursos ante la justicia.