El juez de lo Penal número 1 de Granada, Manuel Piñar, incluye en apenas seis páginas de auto toda una suerte de medias verdades e imprecisiones con las que justifica su decisión contraria a suspender los meses de pena que aún restan por cumplir a Juana Rivas, la mujer granadina condenada por la sustracción de sus dos hijos menores e indultada por el Gobierno

La decisión de Piñar ha impedido, de facto, la aplicación de la medida de gracia que fue concedida de forma parcial por el Ejecutivo de Pedro Sánchez, una decisión que levantó polémica al tratarse de un caso muy mediático y enmarcado en el apoyo que esta mujer ha obtenido en los últimos años por parte de grupos feministas y de la propia ministra de Igualdad, Irene Montero.

Lo que se esperaba podría ser una decisión de puro trámite, al tratarse de una suspensión de pena inferior a dos años y que contaba con informe favorable de la fiscal del caso, sorprendió tanto por el lenguaje y el tono empleado para denegar la medida. Pero sobre todo, por la inclusión en la resolución de una inesperada carga de profundidad, la alusión a unos supuestos abusos sufridos por uno de los hijos menores estando bajo custodia de Rivas --durante un viaje con otros miembros de la familia y amigos- que la convierten en un "grave peligro para sus hijos" estando en libertad. 

La Fiscalía está estudiando si acudirá en apelación, han señalado fuentes del Ministerio Público a El Periódico de España. Por su parte, la defensa ya ultima su recurso y no descarta la posibilidad de acudir al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en demanda de una sanción disciplinaria para el juez Piñar

Los citados abusos, cuya mención en el auto ha supuesto exponer la situación del niño al debate público, fueron sobreseídos en marzo de 2018 por "no resultar debidamente justificada la perpetración del delito", sin que desde dicha fecha haya aparecido indicio ni prueba alguna que permita afirmar lo contrario o haya obligado a una reapertura de las actuaciones. 

La decisión judicial se basó en un informe de la Guardia Civil de 58 páginas, al que ha tenido acceso este diario, y en el que tras analizar los informes médicos y valorar las declaraciones de la madre, el pediatra, la profesora de la guardería de Camarena (Granada) a cargo del niño y de familiares de la mujer, los agentes concluyen que "no se han encontrado indicios que indiquen la insistencia de los presuntos abusos sexuales investigados".

Razones del archivo

Una de las imprecisiones más evidentes del auto del juez Piñar tiene que ver las razones dadas por la justicia para sobreseer este asunto. Así, el juez manifestaba como "cierto" que no se había determinado la autoría de la brutal agresión padecida por el menor y que por eso fue sobreseida, añadiendo que "el hecho sigue existiendo y tuvo lugar estando el niño bajo la custodia de la madre".

Estas palabras contrastan con lo que señalan los documentos judiciales al respecto, a los que ha tenido acceso El Periódico de España. La falta de autor conocido -que aparece en el auto de archivo dictado el 10 de noviembre de 2017 por el Juzgado de Instrucción número 2 de Granada- fue corregida en apelación por la Audiencia de Granada, que en una resolución dictada meses más tarde señaló que lo más correcto en vista de la investigación realizada por la Guardia Civil era dictaminar que no aparecía "suficientemente justificada la perpetración del delito". Piñar no aludió en su auto a esta corrección, quedándose en la primera valoración del juez instructor. 

Es cierto, no obstante, que la decisión se adoptó en respuesta a un recurso de la propia Rivas, que buscaba que se dictara el sobreseimiento libre (definitivo) de los hechos. Los jueces de Granada tildaron esta petición de "improcedente" por entender que las conclusiones periciales del Instituto de Medicina legal afirmaban que no se podía descartar del todo la agresión. Es decir, dejaron el asunto sobreseído de forma provisional en interés del menor para el caso de que aparecieran más pruebas, pero no por las razones reseñadas por el juez Piñar.

"De esperar en una madre normal"

Otras imprecisiones aparecen en un párrafo en el que Piñar afirma de manera rotunda que "ya no sabe como hacer que llegue al conocimiento de los restantes tribunales, y por supuesto del Gobierno" que el episodio de abusos ocurrió estando los hijos bajo el cuidado y custodia de Rivas "según dictaminó la pediatra, un forense y manifestó el propio menor". También afirma el juez que en el colegio del menor donde tomaron la decisión de llevarlo al médico, agregando que "ni siquiera la madre es quién lo hace. Tampoco consta que denunciara ese hecho como es de esperar en una madre normal".

Estas afirmaciones se ven desmentidas en el relato de los hechos narrado por el propio pediatra en el interrogatorio realizado por la Guardia Civil. Según el informe, el facultativo confirmó que durante los meses anteriores Juana Rivas había acudido en varias ocasiones por molestias estomacales y estreñimiento que sufría su hijo. En una de ellas, y ante la insistencia de la madre porque los dolores no remitían, es cuando el pediatra observa "algo que para él no era normal" y decide derivarlo al hospital para que lo examinaran pormenorizadamente.

El médico inicia el protocolo establecido en estos casos, llama a la policía local y el agente acompaña a Rivas y al pequeño al hospital. Preguntado por si el menor relató en algún momento haber sufrido algún tipo de abusos asegura que no y que el menor "demostró en todo momento ante dicha exploración completa normalidad".

En cuanto a la escuela infantil, la profesora declara tener conocimiento por Rivas de las visitas al pediatra, por lo que tampoco es cierto que la mujer se desentendiera en todo momento tal y como afirma el juez Piñar en su polémico auto. De hecho, la profesora apunta a los agentes que fue la madre la que manifestó en primer lugar que su hijo se quejaba de dolores en la barriga y molestias.

Más allá de las imprecisiones en el relato, Piñar sugiere en su auto cierta complicidad de Rivas al afirmar que, tras constatarse el episodio de las molestias "la madre oculta a los niños, precisamente en el momento en que la presencia del menor era esencial para la investigación". Se trata de una atribución de responsabilidad que nunca hace el auto ni la investigación policial.

Hubo arrepentimiento

Más allá del capítulo de los abusos, el juez alega otras dos razones para no conceder la libertad, la primera la falta de arrepentimiento de Rivas, ya que "en varias ocasiones ha manifestado que no se arrepiente y lo volvería a hacer". Rivas manifestó, sin embargo, públicamente, en el programa televisivo El Objetivo de La Sexta lo siguiente: "Creo que cometí un error. No lo volvería a hacer, solo quería proteger a mis hijos".

Otra razón dada por el juez es que la madre "repitió la misma conducta, tras ser condenada en esta causa y estando los menores en Italia", donde residen actualmente con su padre, Francesco Arcuri. Pero no es cierto que se haya producido más sustracción de menores que la que fue juzgada en España y el Tribunal Supremo redujo a la mitad, pasando de los cinco a los dos años y medio de condena.

Para completar el capítulo de errores del auto está el no reconocer a Juana como víctima de género, obviando que una sentencia de mayo de 2009 dictada por el Juzgado de lo Penal número 2 de Granada acreditó que Francisco Arcuri maltrató a Juana Rivas y le condena a tres meses de prisión. 

Papel de la Fiscalía

En cuanto al papel del Ministerio público, la fiscal del caso en Granada asumió el criterio favorable a la suspensión de la pena de Juana Rivas que fue establecido previamente en una reunión al más alto nivel, presidida por la fiscal general del Estado, Dolores Delgado. Y ello a pesar de que en un principio se negaba a apoyar la suspensión de los meses que restaban de la condena, ya que apuntaba que la Justicia no había detectado malos tratos por parte del exmarido de Rivas Francesco Arcuri. Tampoco creía conforme a derecho que se pudiera invocar el interés de los menores para que no entrara en prisión, pues los niños habían sido víctimas del delito de secuestro.

 Los hechos probados de la sentencia contra Juana Rivas señalan que en mayo de 2016 Juana Rivas viajó a España con sus dos hijos y no regresó a Carloforte (Italia), donde llevaba conviviendo tres años con su entonces pareja. El 2 de agosto le comunicó que no iba a regresar a Italia y escolarizó a los niños en un colegio de Maracena (Granada).

El progenitor, que tenía la guarda y custodia provisional de los dos menores, denunció los hechos y un juzgado de Primera Instancia de Granada acordó la inmediata restitución de los menores a Italia como Estado de residencia habitual de los dos niños. Tras varios requerimientos para que devolviera a sus hijos, el 26 de julio de 2017 Rivas se ocultó con ellos, y su expareja denunció la desaparición. Rivas entregó a los dos niños un mes después, el 28 de agosto de 2017, en la Comandancia de la Guardia Civil de Granada.