Tribunales

El juez rechaza de forma definitiva la petición del PSOE de implicar al PP en la Kitchen: "No concreta los hechos"

"Se trata de una pretensión de responsabilidad civil que se introduce 'ex novo' por la acusación popular (PSOE), sin que, hasta este momento en esta pieza se hubiera dirigido contra el Partido Popular petición alguna en este sentido", dice García Castellón

Jorge Fernández Díaz, en una imagen de archivo.

Jorge Fernández Díaz, en una imagen de archivo. / EP

Tono Calleja Flórez

El juez Manuel García Castellón, que ha instruido el caso Villarejo en la Audiencia Nacional, ha rechazado de forma definitiva la petición del PSOE de que se considere al Partido Popular responsable civil a título lucrativo de la Kitchen o espionaje al extesorero de la formación conservadora Luis Bárcenas.

Según la instrucción llevada a cabo por la Fiscalía Anticorrupción y el instructor este operativo parapolicial se llevó a cabo en 2013 y 2014 para tratar de espiar y sustraer información que pudiera perjudicar al PP. Sin embargo, ni la formación conservadora ni su entonces secretaria general, María Dolores de Cospedal, han sido procesados por la 'Kitchen'.

En el auto de apertura de juicio oral, firmado el 13 de octubre, el magistrado advierte a la representación procesal de los socialistas de que la petición de responsabilidad directa y solidaria se realiza "sin concretar la cuantía -se habla de perjuicios causados cuya valoración final deberá hacerse a la vista de prueba en vista oral- ni los hechos o acciones concretas de los que emana esta responsabilidad", prosigue García Castellón, que aprecia "una falta de relación entre los hechos que sustentan la pretensión y la persona frente a la que se ejercita la acción civil".

"Extemporánea"

Además, el instructor considera que la reclamación del PSOE es "extemporánea": "Se trata de una pretensión de responsabilidad civil que se introduce 'ex novo' por la acusación popular (PSOE), sin que, hasta este momento en esta pieza se hubiera dirigido contra el Partido Popular pretensión alguna en este sentido".

El magistrado recuerda en su resolución que la introducción de una eventual exigencia de responsabilidad civil "frente a quien no ha sido llamado en tal condición" hasta este momento procesal podría llevar consigo "previsibles nuevas exigencias de indagación y aportación de datos", lo que implicaría reiniciar la instrucción "en un momento procesal en el que ello resulta imposible".

En sentido contrario, el juez Pablo Ruz sí concluyó que el PP debía ser considerado partícipe a título lucrativo por la actuación de la trama Gürtel, que desplegó su presunto cabecilla Francisco Correa. En el caso de los papeles de Bárcenas, la formación entonces liderada por Mariano Rajoy fue calificada como responsable civil susbsidiaria en la cuantía de 123.669 euros por el impuesto de Sociedades de 2007 de la empresa Unifica, que hizo la obra de la sede del PP en la Calle de Génova de Madrid.

Asimismo, García Castellón rechaza otra petición de los socialistas, que habían reclamadon que el Ministerio del Interior calculara "las horas de trabajo empleadas y el precio de las mismas, según distantas categorías profesionales y horario, para determinar la responsabilidad civil derivada de los hechos delictivos".

No es "esencial"

"En el presente caso, la acusación solicita estas diligencias después de calificados los hechos, por lo que no se reputa una diligencia esencial, [...] por lo que debe desestimarse", concluye el juez.

En el auto, García Castellón sí ha acordado la apertura de juicio oral contra el exministro del Interior Jorge Fernández Díaz y contra el resto de la excúpula del Ministerio del PP, entre los que se encuentran el ex secretario de Estado de Seguridad Francisco Martínez y el entonces director adjunto operativo de la Policía (DAO) Eugenio Pino.