Tribunales

La Fiscalía se opone a rastrear los contactos de los presos de ETA: "No es delito conversar"

Tampoco habría, añade el fiscal, "revelación de secretos, puesto que no hay secreto alguno que revelar", dado que no trasciende ninguna información "confidencial que esté protegida por la ley"

El exconsejero vasco Joseba Azkarraga.

El exconsejero vasco Joseba Azkarraga. / EFE

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La Fiscalía no ve delitos de prevaricación o de revelación de secretos en las comunicaciones entre personas relacionadas con expresos de ETA, como el exconsejero vasco Joseba Azkarraga, o abogados de presos de la banda terrorista, en las que mencionan gestiones ante el secretario general de Instituciones Penitenciarias, Ángel Luis Ortiz.

"No es delito ser vasco, no es delito ser preso, no es delito conversar, no es delito actuar políticamente en la dirección que a cada cual le plazca. Y, por supuesto, no es delito que los abogados realicen cuantos gestiones consideren oportunas para tratar de favorecer la situación penitenciaria de sus clientes".

Así lo expone el fiscal de la Audiencia Nacional Carlos García Berro en el recurso de apelación que ha interpuesto contra la decisión del juez instructor Manuel García-Castellón de prorrogar esta causa para realizar nuevas diligencias, y que por el momento se limitan a requerir a Telegram que identifique a los administradores de dos canales de Sortu y otro de la red Sare.

En su recurso responde también a la petición de la asociación Dignidad y Justicia de llamar a declarar como imputados a Azkarraga, al parlamentario de EH Bildu Julen Arzuaga, al preso de ETA Jorge García Sertucha y al abogado Txema Matanzas en relación a las conversaciones con el responsable de Prisiones que constan en la causa en la que se investigan 95 homenajes a reclusos de la banda terrorista entre 2016 y 2019.

En esas conversaciones a las que se refiere un informe de la Guardia Civil, fechado en 2021, "no se aprecia atisbo alguno de prevaricación (...) toda vez que todas la cuestiones relacionadas con la política penitenciaria a las que se hacen referencia (progresiones en grado, permisos, excarcelaciones, etc) están sujetas al control del Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria con intervención del Ministerio Fiscal".

Tampoco habría, añade, "revelación de secretos, puesto que no hay secreto alguno que revelar", dado que no trasciende ninguna información "confidencial que esté protegida por la ley".

"Se trata de ciudadanos vascos conversando sobre la situación penitenciaria de presos de una banda terrorista que no existe y planeando estrategias para favorecer sus intereses", lo que no sería en constitutivo de delito, según expone el fiscal.

Hasta el momento, subraya, no se ha apreciado "delito alguno ni por el Ministerio Fiscal, ni por el Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria ni por las Salas de lo Penal de la Audiencia Nacional. Tantos y tan cualificados ojos no han visto a lo largo de tantos años indicio de criminalidad alguna".

Observa además que, en todo caso, la petición es "extemporánea" y está presentada fuera del plazo de tres días que el magistrado dio a las partes para pedir nuevas diligencias.

García Berro precisa que en esta causa lo que se investiga concretamente es a la organización Kalera Kalera por celebrar los actos de homenaje a los terroristas.

Por eso entiende que se debe huir "de toda investigación prospectiva o intentos de inquisición general" y matiza que en muchas de las conversaciones interceptadas, y que han propiciado el requerimiento a Telegram, "ni se imparten directrices e instrucciones ni la actividad desplegada en dicho medio de comunicación social es constitutiva de actividad criminal de ningún género".

"El objeto de la causa -reitera- es la organización criminal Kalera Kalera" por los homenajes a presos cuando salen de prisión, "pero no cuando ingresan".

Si en esos últimos casos, un miembro de ETA o el entorno abertzale decide dar una determinada respuesta "no sólo es algo totalmente ajeno a la presente causa (...), sino que además es irrelevante penalmente".

"De ampararse esta imprudente línea de investigación estaríamos incurriendo en una investigación prospectiva. No todo lo relacionado con el colectivo de presos de la extinta banda terrorista ETA es delito", insiste.

Y es que, amparado en la libertad de expresión, cualquiera puede mostrar su discrepancia "con la política penitenciaria de este o de cualquier otro Gobierno de la nación y todo ello sin incurrir en ilícito penal de ninguna clase".

De hecho, destaca, "el propio ente Dignidad y Justicia se caracteriza por ser contrario a la política penitenciaria del Gobierno y por hacerlo en términos que podríamos calificar de altamente expresivos, sin que por ello se le exija ni siquiera se insinúe responsabilidad alguna. Luego la misma libertad que se predica para unos debe ser afirmada y defendida para otros, guste más o menos".