Los autores materiales del atentado del Pilar se exponen a penas de hasta cuatro años y medio de prisión por las que, de ser identificados y detenidos, deberán responder ante la Audiencia Nacional.

Las investigaciones han sido inicialmente asumidas por el Juzgado de Instrucción número 8 de Zaragoza, aunque, según explicaron fuentes judiciales, lo normal es que el asunto sea asumido por un tribunal central al incluir claros componentes del terrorismo de baja intensidad que regula el artículo 577 del Código Penal.

Este precepto castiga a quienes "sin pertenecer a organización o grupo terrorista (el Comando Insurreccionalista Mateo Morral no cumple todos los requisitos), y con la finalidad de subvertir el orden constitucional o de alterar gravemente la paz pública, o la de contribuir a estos fines atemorizando a los habitantes de una población", cometieran, entre otros, delitos de daños. "Serán castigados con la pena que corresponda al hecho cometido en su mitad superior".

El mismo texto castiga --artículo 263-- con hasta tres años de prisión a quien cause "daños en propiedad ajena" mediante explosiones y con esa misma reclusión más una multa que puede superar los 200.000 euros --artículo 323-- a quien cause desperfectos en "bienes de valor histórico, artístico, científico, cultural o monumental".

El atentado cometido el miércoles en la basílica del Pilar provocó, aparte de daños materiales y una lesión auditiva leve a una persona, una situación de psicosis en la capital aragonesa.

Las llamadas de ciudadanos que aseguraban haber escuchado explosiones o estruendos o haber visto estampidas de ciudadanos y situaciones sospechosas obligó a la Policía a destacar efectivos a Ranillas y a Valdespartera, así como a revisar algunos tramos del tranvía.