Un total de 48 jefes del Salud siguen trabajando en la privada, a pesar de que, desde el año pasado, Aragón prohíbe esta compatabilidad. Se trata de cargos ocupados antes de la entrada en vigor de la nueva normativa, que permite que estos profesionales mantengan la duplicidad hasta que se renueve su jefatura.

Desde el 2016, cuando entró en vigor la incompatibilidad, se han convocado 68 jefaturas de servicio y 140 jefaturas de sección que ya sí tienen obligación de estar solo en la pública, aunque alguna de ellas todavía no se ha resuelto.

Según datos oficiales del Salud, en la actualidad hay 98 plazas de jefe de servicio ocupadas. De ellas, 20 tienen compatibilidad con la privada, otras 63 disponen de dedicación exclusiva a la sanidad pública y 15 están vinculadas a la Universidad de Zaragoza.

En lo que a los jefes de sección hace referencia --a los que también les afecta la nueva normativa--, de las 176 plazas ocupadas hay 28 que tienen compatibilidad con la privada, 130 son de dedicación exclusiva y 18 se encuentran vinculadas al campus público.

PROCESO // Hasta abril de 2010, las convocatorias para la provisión de este tipo de puestos las realizaba la gerencia del sector sanitario correspondiente al hospital en el que estaba convocado el puesto de jefatura. Se hacían basándose en normativa antigua del Insalud. Antes del 2001 porque no estaban transferidas las competencias y después, por no tener aún normativa propia del Salud en esta materia. No se requería dedicación exclusiva a la sanidad pública.

El 12 de abril del 2010 se publicó en el BOA la resolución por la que se regulaba provisionalmente el procedimiento de provisión y evaluación de los puestos de jefe de servicio y de sección de carácter asistencial. A partir de esa fecha, todas las convocatorias para este tipo de puestos se realizaban desde los servicios centrales del Salud y las firmaba el director gerente . Tampoco se requería dedicación exclusiva. Esta resolución fue derogada en el 2011 con un decreto que establecía que todos los puestos singularizados, entre los que se encuentran los de jefes de servicio y de sección de carácter asistencial, tendrían obligatoriamente el régimen de dedicación exclusiva al Salud.

En consecuencia, en todas las convocatorias realizadas a partir de marzo del 2011 se incluía la obligatoriedad de ese régimen de exclusividad. No obstante, el decreto establecía que los jefes ya nombrados en la fecha de entrada en vigor del decreto mantendrían el régimen que vinieran desempeñando con anterioridad.

A partir del 26 de enero de 2014, se suprimió de las convocatorias de los puestos de jefatura de servicio y de sección, la obligatoriedad de la dedicación exclusiva al Salud, pero a los jefes nombrados como consecuencia de convocatorias realizadas entre el 2011 y el 2014 se les aplicó el régimen de dedicación exclusiva, aunque aún no estuvieran resueltas en dicha fecha.

El último movimiento legislativo se remonta a la Ley 2/2016, de 28 de enero, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón en su disposición derogatoria única, que tumbaba la disposición adicional novena de la Ley 2/2014, de 23 de enero, de Medidas Fiscales y Administrativas de Aragón.

En consecuencia, en las selecciones realizadas a partir de la fecha de publicación de esta ley, vuelve a figurar en las convocatorias de los puestos de jefatura de servicio y de sección, la obligatoriedad de la dedicación exclusiva al Salud. En este caso, las publicadas con anterioridad a la entrada en vigor de la ley que no se habían resuelto, se modificaron para incluir la obligatoriedad del régimen de dedicación exclusiva, pero en el caso de las que ya estaban resueltas, los jefes no tienen la obligación de la exclusividad

NORMATIVA ACTUAL // Así, aquellos que han sido nombrados con la condición de dedicación exclusiva al Salud, tienen ese régimen de dedicación y por lo tanto no pueden compatibilizar su trabajo en la sanidad pública con actividad en empresa privada ni en consulta privada.

El consejero de Sanidad, Sebastián Celaya, ya dejó claras sus intenciones apenas unos días después de acceder al cargo. «Ya dijimos que íbamos a aplicar la incompatibilidad entre responsables de unidad o jefes de servicio y la sanidad privada. Respeto a la sanidad privada, en la que tengo compañeros y amigos, pero creo que un jefe de servicio tiene que distribuir recursos y eso es difícil que se pueda compatibilizar con la privada. Los ciudadanos exigen transparencia y creo que un jefe de Cardiología debe dedicarse exclusivamente a eso y no a la privada porque da mala imagen», indicaba en una entrevista concedida a este diario en julio del 2015. Meses después, ejecutaba esa intención.