Dos investigaciones juzgadas, dos sentencias condenatorias. Solo la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Zaragoza --cuatro de cuatro: Utebo, Pinseque, Mallén y Becerril-- supera el balance del Grupo de Blanqueo de la Policía en la lucha contra la corrupción: pleno con los dos últimos casos, aunque sin que los delitos de soborno, malversación y blanqueo de capitales de los que hallaron indicios hayan quedado probados.

La Jefatura Superior puso en marcha en vísperas de la Expo, ante el temor al trasiego de maletines que podía generar la muestra, el Grupo de Blanqueo, una unidad de ocho policías creada para investigar asuntos de corrupción. La fiesta de Ranillas no generó trabajo para ese departamento, que cuando comenzó la cabalgata ya llevaba meses tras la pista de la operación Molinos.

Conforme avanzaba la fiesta, el Grupo de Blanqueo iba escuchando más conversaciones telefónicas entre el entonces teniente de alcalde de Infraestructuras y de Participación Ciudadana de Zaragoza, Antonio Becerril, y Carmelo Aured, uno de los principales imputados en el caso La Muela, que hoy cumple condena en Zuera por dos delitos de fraude tributario. "No me des más marcha", le dijo el segundo al primero el 14 de julio, después de que este le avanzara que el ayuntamiento iba a licitar "unas obricas" de mantenimiento que podían suponer "unos milloncicos".

Un jurado popular dictaminó el martes que la relaciones entre Becerril y Aured suponen un delito de tráfico de influencias y añadió que el primero cometió otro de negociaciones prohibidas a funcionarios. Se enfrentan a una pena máxima de un año de prisión que deberán cumplir si no pagan las multas que pueda imponerles el juez.

El tribunal popular, no obstante, descartó que Becerril cobrara mordidas a Aured o a otros empresarios por la información que pudiera pasarles. Y también desestimó que el ingreso de 6.000 euros de origen no justificado en cuentas desde las que pagaba las afiliaciones de falsos militantes de su partido supusiera un delito de blanqueo.

Tampoco el caso Mallén, enjuiciado por la Sección Sexta de la Audiencia de Zaragoza y recurrido ante el Supremo tanto por la defensa del alcalde, Antonio Asín, como por el PP --ejercía la acción popular-- conllevó condenas por delitos de carácter económico --malversación, cohecho, exacciones o fraude en las subvenciones, lo que generó nueve absoluciones-- aunque sí por una alcaldada de elevado coste para las arcas municipales.

El tribunal declaró probado que Asín --inhabilitado para siete años-- prevaricó al ordenar, en contra del criterio del secretario-interventor --no había expediente de contratación ni consignación presupuestaria--, el pago de dos "supuestos trabajos": "un borrador de cinco folios" y "un trabajo generalista de 21" que costaron 65.477 euros, a 2.518 euros --419.000 pesetas-- la hoja. No obstante, los magistrados solo consideraron delictivas dos de esos desembolsos --35.554 euros, a 1.367 por página-- porque las cubrió el consistorio.

Las otras cuatro quedaron impunes porque las cubrió una sociedad municipal, ente que se rige por el derecho privado en aplicación de la llamada doctrina Mallén, cuya validez determinará el Supremo.