El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha autorizado a un padre que cumple condena en un centro penitenciario por un delito de violencia doméstica a ver a su hijo una vez al mes bajo la asistencia de algún familiar materno.

La decisión de ese tribunal, modifica la adoptada previamente por el Juzgado de Violencia Doméstica nº 2 de Zaragoza, ratificada después por la Audiencia de la capital aragonesa, que prohibía al padre disfrutar de visitas de su hijo mientras estuviera encarcelado.

El TSJA acepta el recurso del demandante y anula ambas sentencias sobre la base de convenios internacionales como la Convención sobre los Derechos del Niño y la Carta de los Derechos Fundamentales, así como del propio derecho civil aragonés, que reconocen el derecho a la relación entre un padre y su hijo.

Defiende este tribunal que el derecho de un padre y de su hijo a mantener el vínculo afectivo que les une sólo puede ser limitado o suspendido cuando concurran "graves circunstancias que así lo aconsejen".

Frente al argumento del juzgado de violencia doméstica que las visitas en la cárcel podría provocar "rechazo y animadversión" del hijo respecto a su padre, el TSJA considera que no es "suficiente" para acordar la exclusión.

Según este tribunal, "no existen razones para entender que van a ser contraproducentes ni van a afectar a la imagen que el menor, nacido en julio de 2013, pueda tener de su padre".

Recuerda, además, que los centros penitenciarios españoles reúnen las condiciones de habitabilidad adecuadas para "asegurar que una visita del menor a su padre en dicho entorno no va a resultar traumática".