La campaña de la renta más tecnológica comienza este miércoles, 4 de abril. Es la segunda campaña consecutiva sin el programa de asistencia Padre, nacido en 1988, y con la generalización para la mayoría de los contribuyentes del sistema Renta Web.

Y a todo esto se suma ahora una nueva app desde la que se pueden realizar las declaraciones más sencillas del impuesto desde dispositivos móviles con un solo clic. Hacienda calcula que al menos 4.850.000 contribuyentes se podrán beneficiar de ello. Asimismo, se estrena el programa Le llamamos, mediante el que la Agencia Tributaria da cita telefónica en franjas de 15 minutos para elaborar la declaración por esa vía, que se añade a ya existentes, como la petición de cita previa para tener hora en las oficinas de Hacienda.

POSIBLE BAJADA

La de la renta del 2017 es una campaña sin grandes novedades, pero puede ser la antesala de la próxima, en la que, de aprobarse definitivamente los Presupuestos Generales del Estado para el presente ejercicio, el IRPF puede volver a bajar, como mínimo para los pensionistas, pero también para aquellas personas con rentas bajas y medias.

La presentación de declaraciones podrá realizarse a partir del miércoles y hasta el lunes 2 de julio, tanto para las que tienen derecho a devolución, que suelen ser en torno a tres de cada cuatro, como para las que resultan a pagar. En total, la Agencia Tributaria espera gestionar en estos meses más de 19 millones de declaraciones, una cantidad en torno a la que se mueve desde el 2008.

NOVEDADES

En la campaña de la renta del 2017, se produce un cambio relacionado con el mínimo familiar por descendientes a través de una modificación del reglamento del IRPF. Se asimila esta ventaja a quienes tengan atribuida la guarda y custodia de menores por resolución judicial. De esta forma, se da respuesta a aquellas situaciones en las que, en la actualidad, por violencia sexista o cualquier otro motivo, un juez atribuye la guarda y custodia de un menor a un tercero. El cambio permite en estos casos que, por razones de justicia tributaria y adecuación del gravamen a la capacidad económica del contribuyente, este último tenga derecho al mínimo por descendientes respecto de ese menor.

A su vez, el saldo negativo de los rendimientos de capital mobiliario de la base imponible se podrá compensar con el saldo positivo de las ganancias y pérdidas patrimoniales obtenido en el mismo periodo, con el límite del 20% de dicho saldo positivo, en vez del 15% que era hasta ahora. Del mismo modo, se podrá hacer con el saldo negativo de las ganancias y pérdidas patrimoniales. La misma compensación y con el mismo límite conjunto se podrá efectuar con los saldos negativos de los rendimientos de capital mobiliario y de las ganancias y pérdidas patrimoniales de la base imponible del ahorro de los ejercicios del 2015 y del 2016 pendientes de compensar a 1 de enero del 2017.

FECHAS A TENER EN CUENTA

Este miércoles, 4 de abril, es el día a partir del cual los contribuyentes pueden presentar la declaración de renta del ejercicio 2017, pedir cita previa o llamar para solicitar que se la confeccionen. También se puede recurrir directamente a Renta Web y elaborarla en tiempo real. El 8 de mayo es la fecha a partir de la que podrá pedir cita previa para que le hagan la declaración en una oficina de la Agencia Tributaria desde el 10 de mayo. El 27 de junio es el último día para las declaraciones que resulten a pagar y quieran domiciliar el ingreso y dos días después, el 29 de junio, el último para pedir cita previa. Por último, el 2 de julio es la fecha en que finaliza la campaña de la renta.

LA NUEVA 'APP'

La nueva app de la Agencia Tributaria -que puede descargarse para las plataformas iOS y Android a través de las tiendas de Apple y Google, respectivamente- puede emplearse potencialmente en más de 44 millones de dispositivos móviles (sin incluir las tabletas).

Para su uso necesitará o bien el número de referencia (se obtiene mediante la casilla 450 de la declaración del año anterior), o bien la clave PIN (clave de validez limitada en el tiempo y que se puede renovar cada vez que necesitemos; es un código elegido por el usuario y un PIN comunicado al teléfono mediante la app Cl@ve PIN o con un SMS), o mediante certificado electrónico.

Esta aplicación permite presentar la declaración desde cualquier dispositivo móvil con un solo clic. A su vez es una herramienta para obtener el número de referencia, visualizar los datos fiscales y otros usos.

¿QUIERE QUE LE LLAMEN?

Para el caso de las declaraciones más sencillas, también se pone en marcha el plan Le llamamos, que tuvo en la campaña pasada un antecedente mediante un plan piloto. Los contribuyentes con este tipo de declaraciones podrán solicitar cita previa telefónica a partir del 4 de abril, que se facilitará en tramos de 15 minutos, entre las 9.00 y las 20.30 horas, según la disponibilidad del usuario. Este deberá tener a disposición la información necesaria para que le hagan al renta por teléfono.

A esta modalidad se pueden acoger los contribuyentes si cuentan con rendimientos del trabajo de hasta 65.000 euros anuales como máximo, del capital mobiliario con un tope de 15.000 euros, un máximo de un inmueble alquilado y la mayoría de ganancias patrimoniales.