La regularización de sin papeles se aplaza unos días. Debido a un atasco en el BOE, el reglamento no se publicará hasta después de Reyes y el proceso extraordinario que incluye no se iniciará, por tanto, hasta primeros de febrero. A partir de entonces, los irregulares tendrán tres meses --hasta principios de mayo-- para gestionar su regularización.

Se trata de un proceso al que no podrán acceder todos, sino sólo los que lleven empadronados en España, como mínimo, desde primeros de agosto. Otro de los requisitos será disponer de un precontrato de seis meses firmado por un empresario. Además, deberá carecer de antecedentes penales, tanto en España como en el país de origen.

La aprobación definitiva del reglamento la llevó a cabo el jueves el Consejo de Ministros sin introducir cambios relevantes. Al final se descartó la posibilidad apuntada por el ministro de Trabajo, Jesús Caldera, de permitir que se acredite la estancia en España con otra documentación al margen del certificado de empadronamiento.

Según el reglamento, los empleadores serán los que deben acudir a las oficinas de extranjería y de seguridad social para presentar la documentación --certificado de penales, precontrato y empadronamiento-- y solicitar la regularización.

Cuando la Administración dé su visto bueno a la solicitud, el empresario tendrá un mes de plazo para dar de alta en la Seguridad Social al inmigrante, condición indispensable para dar luz verde definitiva a la regularización.

Fuentes del departamento dirigido por Caldera aseguraron que el fraude será muy difícil. "Es casi imposible falsificar todos los documentos que se piden", explicaron.

La exigencia del contrato de seis meses tiene un par de excepciones. Una de ellas se refiere a la agricultura ya que los inmigrantes que trabajan en este sector podrán presentar un precontrato de tres meses. Y los que aspiren a trabajar en la hostelería y la construcción deberán tener un compromiso por seis meses, pero podrá ser discontinuo.

Otro caso específico será el de las empleadas de hogar que trabajan en varias casas. Estas podrán obtener los papeles siempre y cuando sus empleadores les garanticen en total un mínimo de 30 horas semanales durante seis meses.

Tras exponer las líneas generales del reglamento, Caldera, explicó que el objetivo es "conectar la inmigración con el mundo laboral" y destacó que el reglamento goza de un gran "consenso social" ya que ha recibido el visto bueno del Consejo de Estado y el Poder Judicial, entre otros órganos consultivos.

ARRAIGO Una vez finalizado el proceso de regularización extraordinario, a los sin papeles que viven en España les quedarán dos vías para conseguir el permiso de residencia: el arraigo laboral y el social.

El primero permitirá regularizar a los inmigrantes que lleven dos años viviendo en España y demuestren que han trabajado un año como sin papeles. Para ello, se necesitará una sentencia judicial o el acta de una inspección de trabajo.

Para conseguir la regularización por arraigo social, hará falta llevar tres años en España, contar con un contrato de trabajo y cumplir uno de estos dos requisitos: tener vínculos familiares con un extranjero con los permisos en regla o bien presentar un informe del ayuntamiento "acreditando su inserción social". El resto de vías quedan reservadas a la contratación en origen.