El Periódico de Aragón

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Luis Negro Marco

El disputado Voto del Apóstol Santiago

El impuesto, aunque controvertido, estuvo vigente en España durante diez siglos, hasta 1834

El Voto de Santiago fue un impuesto que, aunque muy controvertido y cuestionado estuvo vigente en España durante diez siglos, hasta 1834, año en el que, de acuerdo a las nuevas concepciones liberales del Estado, quedó definitivamente abolido en nuestro país. Dicho Voto (del latín Votum, promesa hecha a una deidad para conseguir su favor) consistía en la obligatoriedad de los labradores de muchas provincias a entregar cierta cantidad de pan y vino a la iglesia de Santiago.

Su origen provenía del Privilegio del Ramiro I de Asturias, según el cual, en cierta fecha de su reinado convocó a todos sus príncipes, arzobispos, obispos, abades y otros varones del Reino y a todos sus pueblos, con el fin de «dar batalla a los moros por la libertad del infame Tributo de las Cien Doncellas» que los reyes cristianos se veían obligados a pagar a cambio de paz.

La batalla definitiva habría tenido lugar en el monte Clavijo, y en la víspera de entablar el combate, el Apóstol Santiago habría reconfortado en sueños a Ramiro I y apretándole la mano en recuerdo de su Patronato, le prometió que al día siguiente aparecería visiblemente en la batalla, a lomos de un caballo blanco y los cristianos, al grito de «Adjwva nos Deus et Sancte Jacobe» conseguirían una gran victoria, como ciertamente sucedió.

En acción de gracias, el rey habría ofrecido al Santo Apóstol que cada año se le pagase por cada yunta de tierra «las medidas de grano y vino necesarias para el sustento de los canónigos de la Iglesia de Santiago». De este Voto se expidió, en Calahorra, en la era 872, el anteriormente citado Real Privilegio, que años después pasó a depositarse en la catedral de Santiago de Compostela.

Así es como empezó a cobrarse el oneroso impuesto del Voto de Santiago a los campesinos, el cual fue creciendo de tal modo que, pasado el tiempo equivalía al resto de las exacciones nobiliarias y reales que los campesinos debían soportar.

Todo parecía estar en orden, pero abrumados por la enorme presión fiscal de sus vasallos, y temerosos de que su quiebra fuera también la suya, frente al poder real y el de la iglesia, la nobleza hispana –apoyada en historiadores de relevancia de la época– vio ciertas cositas que no parecían cuadrar con el Voto de Santiago.

Empezando por que la era del comienzo del reinado de Ramiro I (no antes de la de 880) era ocho años posterior a la del Privilegio del Voto de Santiago, en la que el rey aún no reinaba. Además, este hecho ponía también en duda la existencia misma de la batalla de Clavijo y por ende, el manuscrito del Voto de Santiago –surgido a raíz de aquella mitológica victoria– resultaría apócrifo y por lo tanto carente de validez.

Pronto, los agentes de la iglesia compostelana supieron de este pequeño anacronismo del cronista, pero como el mejor escribano echa un borrón, procedieron a raspar una X (10 en números romanos) a la fecha del manuscrito. De manera que, ahora sí, rebajando en diez años su fecha, el Privilegio del Voto habría sido escrito durante el reinado de Ramiro I de Asturias.

Sin embargo, aquella falsificación se forjó con tanta impericia (para ocupar el hueco de la X raspada se añadió un rayado a la que precedía, sin saber el falsificador que entonces estaba escribiendo 40 y no 10) que los historiadores pronto la descubrieron.

De manera que, con tales pruebas, en el año 1592 los labradores de los obispados de Castilla del Tajo denunciaron el pago del Voto ante la Chancillería (Tribunal Superior de Justicia) de Granada que, otorgándoles la razón, les absolvió de la obligación del pago. Pero, a su vez, la iglesia compostelana recurrió esta sentencia ante la Chancillería de Valladolid que revalidó el Voto en el año 1612.

Los labradores elevaron entonces la causa ante el Real Consejo, el cual, mediante ejecutoria suprema, confirmó la nulidad del Voto, dejando por libres a los pueblos y labradores de pagar cosa alguna por razón del Voto de Santiago, imponiendo además «a la Santa Iglesia perpetuo silencio sobre el asunto».

Pero, basándose la iglesia compostelana en que no todos los pueblos habían recurrido el impuesto, siguió cobrándolo a los demás, y por si fuera poco, recurrió a subterfugios para, de manera encubierta, seguir cobrándolo a pesar de la resolución del Consejo.

Y así, aunque en 1812 los constituyentes de Cádiz trataron de abolirlo, continuó vigente aquel Voto, que pasó por ser el fisco real más antiguo de España. Pero en 1833, la propia Corona que lo había favorecido, contribuyó a su definitivo fin, cuando creó un impuesto a los bienes y rentas de donación real. El Cabildo de Santiago, recurrió entonces para que el Voto no fuese considerado como tal. Pero no solo se le denegó tal extremo, sino que se intensificó el gravamen sobre su cobro.

Así las cosas, el sábado, 8 de noviembre de 1834, La Gaceta de Madrid (el BOE de la época) publicaba la ley, sancionada por la reina gobernadora, María Cristina, que abolía definitivamente en España el disputado Voto del Apóstol Santiago.

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