Colegios y responsabilidades municipales

La pandemia ha puesto en evidencia la necesidad de contar con edificios seguros, saludables y sostenibles

Jesús Jiménez Sánchez

Jesús Jiménez Sánchez

La educación es un servicio de proximidad y los municipios tienen mucho que decir en la ampliación de la educación (0-3 años, EPA, artísticas, etc.), en la educación no formal (extraescolares, complementarias, etc.) y en la prestación de servicios (comedor, apertura de centros, recursos pedagógicos, conexión a redes, etc.) y, también, en los edificios e instalaciones escolares, incluso en los que no son de su propiedad.

Las consecuencias de la pandemia y del cambio climático han puesto en evidencia (todavía más) la necesidad de contar con edificios seguros, saludables y sostenibles. Mucho más en los escolares. Donde niños y jóvenes pasan gran parte de su jornada «laboral» durante años. Y los municipios tienen una parte de responsabilidad importante. Por estar entre sus competencias directas el ordenamiento urbano y la seguridad ambiental, según la Ley de Bases de Régimen Local (Ley 7/1985) y por su deseable implicación en la educación (Lomloe, Adic. 15) como administración más próxima a la ciudadanía.

Los municipios o, si se quiere, las corporaciones locales, pueden actuar, por tanto, en varios frentes respecto a los edificios e instalaciones escolares y al entorno que les rodea.

Uno, en la planificación urbanística. En los planes de ordenación urbana hay que contemplar, necesariamente, espacios para servicios públicos. El problema está cuando los solares previstos para nuevos centros educativos se sitúan en el límite de la periferia de los polígonos urbanizables, donde el precio del suelo es menor por razones obvias de comunicación. O cuando la parcela no reúne la extensión requerida (edificio y patios) para un colegio o un instituto público. O peor aún, cuando una corporación municipal ofrece un buen solar y bien situado a una empresa privada para que construya su colegio, que acabará concertado, mientras los públicos del mismo distrito carecen de instalaciones dignas y suficientes.

Dos, en el acceso a los centros educativos. Sean públicos o privados, necesitan una zona pacificada a su alrededor. En algunas ciudades éste es un problema importante. Demasiado tráfico urbano, incrementado con los vehículos particulares de ciertas familias, con el consiguiente ruido y, sobre todo, con peligro continuo para los peatones y especialmente para los más pequeños; por cierto, algunas personas mayores deberían respetar más los colores de los semáforos y no saltárselos nunca (¡qué educación!) con niños de la mano. «Andando al cole» debería ser posible cuando se aspira a conseguir ciudades «de los quince minutos». Y pueden arbitrarse fórmulas como la colaboración en la regulación del tráfico de policías locales «prejubilados», por ejemplo, durante las horas de entrada y salida de los colegios.

Tres, en los centros públicos de infantil, primaria y educación especial. Obligaciones municipales, marcadas en toda la normativa, la local y la educativa. Vigilancia permanente de edificios e instalaciones, no solo en días de calendario escolar, pero de manera especial durante el horario lectivo, con cuidado en la selección personal municipal, que también ejerce de educador con su actitud y ejemplo ante la comunidad educativa. Y mantenimiento, llegando a acuerdos con la administración educativa para garantizar la seguridad y bienestar (vallado, calefacción, etc.) y, al tiempo, minimizar en lo posible gastos en reparaciones, arreglos y mejoras.

Cuatro, en la cooperación interadministrativa. Con las administraciones públicas y, de manera especial, con la administración educativa y, dado el caso, con la universidad. En ocasiones, instalaciones dependientes de varias administraciones incluso comparten espacios en una misma manzana urbana. La cooperación puede abarcar la utilización conjunta de instalaciones, como pueden ser polideportivos o salones de actos, por ejemplo, concretando para ello horarios y responsabilidades de uso, necesidades de limpieza y vigilancia, etc. Otro tanto podría decirse de las bibliotecas municipales, que podrían ser complementarias (fondos bibliográficos, revistas, internet, etc.) a las bibliotecas escolares, sobre todo en el medio rural donde las necesidades son más evidentes. Se trata de optimizar el uso y aprovechamiento de instalaciones y edificios como recursos sostenidos con fondos públicos.

Y cinco, en la atención a sus propios edificios municipales. En primer lugar, a los utilizados para impartir distintas enseñanzas (escuelas infantiles, centros de adultos, escuelas de música, etc.) que deberían reunir todos los requisitos (espacios, conexión, vigilancia, etc.) para garantizar la calidad de estancia al alumnado allí matriculado. En segundo término, a los centros de servicios municipales (sociales, asistenciales, sanitarios, etc.) que pueden tener relación estrecha con los centros y servicios educativos.

En todos estos aspectos relacionados con infraestructuras educativas pueden intervenir las corporaciones locales. No es asunto menor, sino todo lo contrario. En colaboración con las administraciones educativas y con entidades públicas y privadas radicadas en el propio municipio, la educación también es competencia municipal. La educación como servicio público de proximidad.

*Vicepresidente del Consejo Escolar del Estado

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