CON LA VENIA

La Ley de Amnistía bajo la lupa

Juan Alberto Belloch

Juan Alberto Belloch

Ante la ausencia de una Ley Orgánica que regule la Amnistía es posible que el legislador ordinario pueda cubrir sus lagunas, para lo que no basta con acudir a los precedentes históricos, ni tampoco con examinar la doctrina científica o la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Constitucional a que alude con rigor jurídico la Exposición de Motivos de la Ley de Amnistía que hoy analizamos. Y poca luz presta a su clarificación la escueta referencia contenida en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, o la de Amnistía de 1977. La consecuencia obvia es que el poder legislativo es la única vía para zanjar la cuestión. El legislador tiene la responsabilidad, como así ha hecho, de fijar los criterios esenciales de esta institución. Entre ellos, definir el concepto de «interés general» como premisa mínima para la concesión de la amnistía a un determinado grupo de ciudadanos. Subrayar una vez más que el proceso de su tramitación será complejo y polémico en todas sus fases y dilatado en el tiempo.

El Partido Popular ha decidido optar por el bloqueo utilizando todos los medios a su alcance, Senado incluido, de una ley que, como comentamos en el artículo anterior, tras pasar por el Tribunal Supremo será examinada por el Tribunal Constitucional y por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Es pues fundamental conocer que las decisiones del Tribunal Constitucional español serían rápidamente deslegitimadas en base al origen político de los nombramientos de los magistrados (de ahí, la habitual virulencia en su designación). Y es grave, por cuanto de aplicarse en todas las causas el resultado sería no sólo la deslegitimación de los magistrados, también su inutilidad, y finalmente, su probable anulación. Estamos en un momento crucial con todas las miradas de la comunidad jurídica puestas en la calidad de la futura resolución. Recordemos que el Tribunal Constitucional no está integrado en el poder judicial. Es un órgano político que tiene la posibilidad de utilizar el Principio de Oportunidad de manera más extensa e intensa que la que les es dada al poder judicial.

Por ello es sensato que este Tribunal comprenda que en casos tan delicados es procedente y hasta necesaria la búsqueda del consenso y de la unanimidad. No hacerlo puede determinar la pérdida de su auctoritas.

El texto legal aprobado por el Gobierno es de una calidad técnica indudable, incluida su importante Exposición de Motivos: detrás existe, sin duda, un buen jurista. Pero no es suficiente para proclamar su plena constitucionalidad. En concreto, sería importante fijar con más detalle los criterios que permiten acreditar que la amnistía se justifica por razones excepcionales de «interés general» y no por «intereses particulares», por legítimos que fueran.

Un mínimo de honestidad intelectual obliga a reconocer que en esta batalla viene perdiendo el derecho y la justicia ante el evidente furor promovido por algún partido político. Admitamos que el debate no se habría producido en el caso de que los votos separatistas no hubieran sido imprescindibles para otorgar la mayoría suficiente a la investidura del señor Sánchez. La amnistía es considerada por los separatistas como una premisa imprescindible para llegar a un acuerdo en otras cuestiones, y no existe dato objetivo alguno que permita pensar que tal concesión sea factor decisivo para poner un fin razonable al proceso separatista.

Los soberanistas conciben la amnistía, y no lo ocultan, como un paso más en su estrategia política al que seguirán otros hitos incluido el más importante de todos: un referéndum vinculante, cuya eventual celebración puede abrir la puerta al camino de la independencia. De ahí que sea urgente advertirles claramente que no se puede en ningún caso poner en peligro la unidad de España, ni se puede seguir tensionando hasta límites intolerables la paz social. Es un error cometido por políticos que hacen más barata –cuando no gratuita– la respuesta penal a tales conductas.

No quiero terminar este artículo sin aludir a las manifestaciones y concentraciones desarrolladas a lo largo del debate sobre la amnistía.

Es de ciegos no comprender que el asunto no se puede despachar con un par de observaciones a la «falta total de apoyo y solidaridad del Partido Popular» ante los excesos sufridos a manos de la ultraderecha frente a la sede en Ferraz. Ciertamente hubo insultos, banderas inconstitucionales, pancartas y coros de carácter ofensivo: toda la parafernalia de los fascistas de todo cuño. Pero al propio tiempo no es razonable ni inteligente tratar de ningunear la importancia de lo acontecido no sólo en Madrid sino en toda España. Las cifras a veces tienen un carácter relevante y significativo: un millón o más de voluntades se concentraron en una gigantesca protesta en la que había gentes de todo tipo y condición, votantes del PSOE incluidos y de otros partidos políticos. Una mayoría de demócratas ejerciendo sus derechos constitucionales. No se puede descalificar sin más a los participantes. Debemos preguntarnos qué hemos hecho mal para convertir a un millón de personas en ciudadanos ejercientes y conscientes de sus derechos. Tomemos nota de lo ocurrido si no queremos que se repitan los incidentes con creciente virulencia.

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