Esta es la paga que recibirán en febrero los trabajadores que cobran el salario mínimo

Esta medida fue aprobada en el Consejo de Ministros el pasado martes y afectará a dos millones y medio de trabajadores en España

Los trabajadores que cobren el salario mínimo recibirán una 'paguilla' extra en la nómina de febrero.

Los trabajadores que cobren el salario mínimo recibirán una 'paguilla' extra en la nómina de febrero.

Como estaba previsto, el Gobierno de España aprobó en el Consejo de Ministros del pasado martes la revalorización del salario mínimo interprofesional (SMI). Este ha visto cómo ha subido en 80 euros, desde los 1.000 hasta los 1.080 euros brutos (en 14 pagas). Este aumento tendrá influencia en dos millones y medio de trabajadores de España, lo que obligará a miles de empresas a cambiar las nóminas de sus empleados.

Esta medida tiene efecto retroactivo a 1 de enero del 2023, por lo que los departamentos correspondientes de recursos humanos deberán abonar una paga extra a los trabajadores que cobraban el salario mínimo. A continuación te explicamos cómo funciona y cómo se abonará.

Cómo se abona la paga extra

Hay dos formas de que se pague el dinero pendiente. Por un lado, la empresa puede pagar una nómina ordinaria y, posteriormente, pagar otra de 80 euros, o de la cuantía que separe el salario de los 1.080 euros establecidos. La segunda opción que tienen las empresas es pagar esa cantidad en la nómina de febrero, especificando el atraso.

Cuándo tiene que ser abonada por la empresa

La anterior subida del salario mínimo tuvo lugar en 2020 y fue recogida en el BOE. Entonces, el pago pendiente debía materializarse en la nómina de febrero, ya que las gestorías y los departamentos de recursos humanos habían tenido margen suficiente para poder pagarlo.

Esta subida tendrá validez legal a fecha 14 de febrero, por lo que las empresas volverán a tener tiempo suficiente para incluir este pago en la nómina de febrero. En caso de que no se pague en tiempo y forma, el trabajador tiene la posibilidad de acudir a los juzgados.

¿Qué ocurre si el trabajador cobra parte del suelo en especies?

En este caso, la empresa está obligada a pagarle monetariamente de forma íntegra el SMI. Es decir, puede luego incluirle entre sus condiciones un bono transporte o tiquets restaurantes, pero no puede pagarle menos del salario mínimo y decir que le acaba complementando la diferencia con otros elementos. La nómina que le llegue en líquido deberá ser la cuantía que estipula el SMI y luego la empresa deberá sumarle los bonos en especies que ya tuvieran pactados. Pero los segundos no pueden sustituir parcialmente al segundo.