Condena a la DGT por estas multas: no te pueden sancionar

Varias sentencias avalan que no te pueden multar por esto

No te pueden multar por esto.

No te pueden multar por esto. / Shutterstock

No te puede caer una multa por algo que es ilegal. Y la Dirección General de Tráfico bien lo sabe, ya que le ha caído una condena por sancionar a varios conductores por un motivo que no es multable.

La más reciente la ha dictado el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Pamplona el pasado 8 de febrero (38/2024), otra el Juzgado de lo Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Cádiz el pasado 7 de noviembre (130/23) y el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de La Coruña el 19 de diciembre (210/2023), según explica el experto 'lawtips' en Instagram.

La DGT ha estado obligando a multar a estos conductores, pero gracias a estas sentencias ha tenido que echar marcha atrás, ya que se están reclamando decenas de infracciones que se acaban quedando sin efecto.

Una gran parte de los vehículos que recorren las carreteras de toda España tiene cuatro o más años, por lo que periódicamente deben pasar la Inspección Técnica de Vehículos (ITV). Y todos ellos deben tener colocada en un lugar visible una pegatina con el color del año correspondiente, el propio año y el mes en el que caduca.

Ahora bien, solamente te pueden multar las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado si estás circulando. Y lo que estaba ocurriendo es que agentes comprobaban las pegatinas de la ITV en vehículos estacionados y, si se había caducado, ponían una multa. Pero además la DGT, según comenta 'lawtips', está siendo condenada a pagar las costas, por lo que cambiará pronto de criterio y dejará de multar por esto.