La propuesta de reforma del Código Penal también incluye un cambio en el criterio para la sustitución de penas de prisión por expulsión del territorio. Hasta ahora, según el artículo 89, quedaban a criterio del juez y se referían a penas inferiores a seis años, salvo determinados delitos de especial gravedad. En la reforma propuesta por Gallardón, en su artículo 88, la expulsión pasa a ser norma general para condenas de prisión superiores a un año. "Se elimina la discrecionalidad del juez, y además no aclaran si se refiere a todos los extranjeros, solo a los extracomunitarios o si también afecta a los regulares o solo a los irregulares", explicó Mercedes Ramírez, del SAOJI. "Una alcoholemia podría conllevar expulsión", añadió. La nueva redacción plasma la obligación de atender a criterios --que los jueces ya tenían en cuenta actualmente-- como el arraigo del inmigrante en el país, para eludir la expulsión. Pero, en el caso de que se produzca, también abre la posibilidad de un periodo extra de exilio de entre cinco y diez años.