El Juzgado de Instrucción número 3 de Huesca ha resuelto dejar en manos de la jurisdicción catalana el litigio planteado en Aragón por la cuna de plata de Sigena, decisión contra la que recurrirá en apelación el municipio oscense donde se ubica el monasterio a fin de evitar el traslado de la pieza a Barcelona.

El auto del instructor argumenta que el presunto delito de estafa denunciado por el Ayuntamiento de Villanueva de Sigena se habría perpetrado en todo caso en Barcelona, y que los daños patrimoniales alegados no llegaron a producirse ya que la pieza fue intervenida antes de que llegara a subastarse.

El juez, en contra de los argumentos del municipio, rechazó pronunciarse sobre el traslado cautelar al monasterio de la cuna, actualmente depositada en dependencias policiales en Zaragoza, y concluyó que debe quedar a disposición de la autoridad judicial "finalmente competente".

En su recurso ante la Audiencia de Huesca, el letrado del municipio de Villanueva de Sigena, Jorge Español, advierte contra el traslado de la cuna a Barcelona, "vista la gran determinación de Cataluña a no dejar salir ningún bien aragonés fuera de su territorio" a pesar de las resoluciones judiciales que lo ordenan.

Manifiesta, además, su sorpresa ante la negativa del juez a ordenar el traslado de la cuna al monasterio mientras se dirime la competencia para instruir el litigio, al ser un bien vinculado al patrimonio del referido monumento nacional.

El letrado incide en su recurso en la presunta comisión de un delito de estafa que se habría perpetrado en todos los lugares relacionados con la pieza, y subraya, además, que el perjuicio patrimonial se produjo, en cualquier caso, en Sigena.

Cita, asimismo, jurisprudencia del Tribunal Supremo por la que en las estafas se prioriza el lugar donde está el perjudicado a la hora de decidir la jurisdicción. En este caso sería en Sigena, por lo que considera que el Juzgado de Instrucción número 11 de Zaragoza, al que llegó la denuncia de la DGA por la subasta de la cuna --y que la puso bajo custodia policial--, debería de inhibirse en favor del de Huesca. Insta además a la Audiencia de Huesca a revocar la inhibición del juzgado oscense.