El magistrado del Juzgado Contencioso Administrativo número 2 de Zaragoza, Javier Albar, tiene sobre su mesa la primera cuestión de inconstitucionalidad contra las tasas judiciales planteada en Aragón.

Un letrado le planteó el 26 de diciembre, a los nueve días de entrar en vigor la justicia de peaje, un escrito en el que expone la "razonable reserva de inconstitucionalidad" que mantiene sobre las tasas y le propone pedir al Tribunal Constitucional que se pronuncie. No obstante, la decisión corresponde en exclusiva al juez.

El magistrado desestimó el 5 de diciembre el recurso en el que el letrado había pedido revocar una orden de expulsión contra un extranjero condenado a una pena leve. El 26 de diciembre, el abogado presentó un escrito en el que anunciaba la preparación de un recurso de apelación contra esa sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) y, al mismo tiempo, planteaba la cuestión de inconstitucionalidad.

El escrito argumenta que la obligación de pagar una tasa para poder pleitear --800 euros por apelar y 90 por la cuantía-- "establece una barrera económica en el acceso de mi patrocinado a la tutela judicial efectiva" y "supone un ataque frontal a varios derechos y derechos fundamentales de los ciudadanos".

PRECEPTOS Las tasas, según plantea el letrado, quebrantan tres artículos de la Constitución: el que regula el acceso a la tutela judicial efectiva "sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión"; el que proclama la igualdad ante la ley "sin que pueda prevalecer discriminación alguna por (...) cualquier otra condición o circunstancia personal o social" y, por último, el que establece que "la justicia será gratuita cuando así lo disponga la ley y, en todo caso, respecto de quienes acrediten insuficiencia de recursos para litigar".

El escrito, que destaca "el evidente hecho" de que el extranjero pleitea "por necesidad de la tutela de intereses propios y no por capricho", considera que la 'justicia de peaje' contravienen el criterio del propio Constitucional. El año pasado, siguiendo los planteamientos del Tribunal de Estrasburgo, rechazó que una tasa judicial pueda resultar "excesiva a la luz de las circunstancias propias de cada caso, de modo que no se impida en la práctica el acceso a la jurisdicción o lo obstaculice en un caso concreto en términos irrazonables".