El Gobierno de Aragón ha aprobado el decreto sobre tenencia y uso de aves de presa en la comunidad, que regula la posesión de estas especies, la cría en cautividad, la exhibición y la cetrería. Una de las premisas básicas de la norma es que la tenencia de estas aves se limita a animales criados en cautividad, por lo que queda expresamente excluida la concesión de permisos de tenencia para ejemplares capturados o desnidados en el medio natural.

El texto, elaborado por el Departamento de Medio Ambiente, ha contado con la colaboración de los colectivos dedicados a esta actividad en Aragón y con los colectivos conservacionistas. La norma establece el Registro de Aves de Presa de Aragón, una base de datos que recogerá la información sobre los ejemplares de aves de presa que dispongan de permisos de tenencia, así como sobre los fines para los que se concede la licencia en cada caso.

En lo que se refiere a la práctica de la cetrería, el decreto establece un listado de especies de aves rapaces cuyo uso puede autorizarse para la práctica de este arte. Todas las especies de aves de presa no presentes de manera natural en la Unión Europea (UE) pueden emplearse en la práctica de la cetrería, aunque con la prevención de que solo se autorizará el empleo de ejemplares hembra para evitar el asentamiento accidental de poblaciones asilvestradas.

De igual modo, el halcón borní, el halcón sacre y el halcón gerifalte, especies no presentes habitualmente en estado silvestre en Aragón aunque sí en la Unión Europea, puede ser autorizados como aves de cetrería. En cuanto a las especies autóctonas, solo se autorizarán para la práctica de la cetrería el gavilán común, el azor común, el águila real, el cernícalo vulgar, el esmerejón, el alcotán europeo y el halcón peregrino.