El Gobierno de Aragón ha aprobado este miércoles un decreto ley de medidas urgentes para agilizar el reparto de 141 millones de ayudas directas a autónomos y empresas de los sectores más dañados por la pandemia con el fin de sacar la convocatoria antes de fin de mes y de que estén pagadas como tope a final de año.

Se trata de subvenciones que financia el Gobierno de España, pero por medio de este decreto ley, que el consejero de Hacienda, Carlos Pérez Anadón, explicará en las Cortes para su convalidación en el pleno del día 29, el importe de las ayudas se anticipará al cin por cien y además, para simplificar la gestión, incluye la declaración responsable a la hora de hacer la solicitud y el procedimiento electrónico para todas las fases de la tramitación.

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno, Pérez Anadón ha precisado que todo el periodo subvencionable abarca del 1 de marzo de 2020 al 31 de mayo de 2021 y que espera tener entre este miércoles y el día del pleno la orden de convocatoria de las ayudas para poder exponerla en el parlamento.

El objetivo de estas ayudas, ha remarcado, es impulsar la recuperación del tejido productivo agilizando su tramitación y reparto -desde 3.000 a más de 20.000 euros-.

Así, ha insistido en que como sustento legal el Gobierno de Aragón solo va a exigir como requisitos obligados por el Ejecutivo central, aunque ampliando al 100 % el adelanto de la ayuda, una declaración responsable, de forma que la verificación será siempre a posteriori, ya que habrá dos años más para poder plantear la justificación.

Pérez Anadón ha precisado que el propósito es que el decreto ley y la convocatoria estén a final de este mes y fijar quince días para que los posibles beneficiarios conozcan los requisitos que van a tener que cumplir y puedan ponerse al día en ese tiempo: estar al día con la Agencia Tributaria, con la Seguridad Social y con los impuestos de Aragón.

Otros de los criterios pasan por no estar inmersos en procedimientos judiciales que impidan la recepción de ayudas públicas, no estar declarados insolventes, no estar en un concurso de acreedores o no tener la residencia en un paraíso fiscal, al tiempo que los beneficiarios tendrá que comprometerse a mantener la actividad de sus negocios al menos hasta el 30 de junio de 2022 y no podrán repartir dividendos durante estos dos ejercicios ni incrementar las retribuciones de los equipos de dirección de las empresas.

El consejero ha concretado que la previsión es que las ayudas se podrán pedir entre julio y el 10 de septiembre para que se vayan concediendo como máximo hasta final de año.

El Gobierno de España creó la línea directa de ayudas a autónomos y empresas mediante el Real Decreto Ley 5/2021, de 12 de marzo, y posteriormente con el Real Decreto Ley 6/2021, de 20 de abril, permitiendo a las comunidades la ampliación de los sectores elegibles para recibir ayudas.

Las comunidades tienen la responsabilidad de realizar las convocatorias para la concesión de las ayudas, así como el abono y el control.

Con ese fin, el Gobierno de Aragón firmó un convenio de colaboración con el Ministerio de Hacienda y con la Agencia Estatal de Administración Tributaria para establecer los cauces de colaboración que permitan la gestión de las ayudas, ya que será necesario el acceso a los datos de la AEAT y del Gobierno de España para desarrollar un reparto adecuado de las ayudas y el seguimiento de las mismas.

El Decreto Ley de Medidas Urgentes aprobado por el Gobierno de Aragón, en línea con los criterios establecidos por el Ejecutivo central, contempla el carácter finalista de las ayudas, de manera que permiten el pago de costes fijos, el pago a proveedores y la reducción de deudas de la actividad económica, atendiendo a acreedores financieros y no financieros, siempre que estas obligaciones se hayan generado entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021. También se establece que no se podrá conceder ninguna ayuda después del 31 de diciembre.

Todas las medidas que se reflejan en el Decreto Ley deberán incluirse en las bases reguladoras y en la convocatoria de las ayudas, que se aprobarán posteriormente y por el procedimiento de urgencia, una posibilidad recogida en la Ley de Subvenciones de Aragón.

La justificación de las ayudas solo admitirá los pagos que se realicen a través de entidades financieras. Las que sean inferiores a 6.000 euros, se efectuarán mediante la declaración responsable de las facturas abonadas, y las que se sitúen en la horquilla de 6.000 a 20.000 euros, lo harán presentado una cuenta justificativa simplificada.

Si las ayudas superan ese límite, se precisará además el informe de un auditor de cuentas.