ley de segunda oportunidad

La Justicia perdona una deuda de 1,3 millones que un zaragozano heredó de su padre

El pasivo exonerado por un juzgado de la capital aragonesa es el mayor concedido hasta ahora en la comunidad autónoma

El principal acreedor del concurso era el Santander, al que se debían 847.000 euros

La Ciudad de la Justicia de Zaragoza, situada en el antiguo recinto de la Expo. | ÁNGEL DE CASTRO

La Ciudad de la Justicia de Zaragoza, situada en el antiguo recinto de la Expo. | ÁNGEL DE CASTRO / j. heras pastor

Recibir una herencia no siempre es motivo de ganancia o alivio. Más bien al contrario. Si no que se lo pregunten a un hombre de Zaragoza, que ahora tiene 45 años, que lo perdió todo cuando hace casi siete años –en abril de 2017– aceptó el legado que le dejó su padre, que había sido empresario de carpintería industrial. Fue un regalo envenenado porque lo que le llegó fue una abultada deuda de más de un millón de euros, una pesada losa que le llevó a un callejón sin salida al no tener patrimonio ni capacidad económica para hacer frente a semejante agujero. El drama personal ha acabado con final feliz gracias a una reciente decisión judicial, que le ha librado de un plumazo de estos pufos.

Así lo ha dictado el Juzgado de Primera Instancia número ocho de Zaragoza, que le ha condonado una deuda de 1.296.830,70 euros gracias a la ley de segunda oportunidad. La norma permite eximir a los autónomos y particulares de lo que deben a sus acreedores siempre que demuestren que han actuado de buena fe y que no tienen capacidad de pagar.

Hay un goteo constante de casos en los que los tribunales reciben lo que técnicamente se conoce como beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho (BEPI), que permite, en determinadas circunstancias, hacer un borrón y cuenta nueva a quienes están arruinados de por vida. La relevancia de esta sentencia es la elevada cuantía que se condona, la mayor hasta la fecha en Aragón. También es singular por extender el perdón al pasivo adeudado al erario público, algo menos común en este tipo de situaciones.

El deudor, que ha sido asesorado y representado por el letrado zaragozano José Ignacio Arsuaga, del bufete Arsuaga&Polo, arrastraba un pasivo de 1.028.318,56 euros cuando en 2019 se presentó el concurso de acreedores de persona física. En los textos definitivos, el administrador concursal fijó la deuda en 1.364.720,81 € y el déficit patrimonial en 1.296.830,70, tras restar una masa activa de 67.890,11 €. "Nuestro cliente, como cumplimiento del acuerdo extrajudicial de pagos –previo al concurso–, vendió los dos únicos bienes del inventario: un coche y la mitad de una plaza de garaje", explican desde el despacho de abogados.

Bancos acreedores

El juzgado que ha tramitado el fallo ha declarado la liquidación del concurso de la parte deudora y el archivo de las actuaciones. En un auto del pasado 8 de noviembre, aprueba la rendición de cuentas presentada por la administración concursal y declara el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del afectado. El mayor acreedor era el Santander, por un impago heredado del Popular. A esta entidad bancaria se le debían 847.000 euros. Le seguían Axactor, con 230.000 euros; Caixabank, 115.000; y la Caja Rural de Aragón, con 50.000. También había impagos a la Agencia Tributaria, el Ayuntamiento de Zaragoza o el Gobierno de Aragón.

Contra esta resolución, a la que ha tenido acceso este diario, no cabe recurso. No obstante, cualquier acreedor concursal estará legitimado para solicitar al juzgado la revocación de la exoneración si, durante los cinco años siguientes, "se constatase que el deudor ha ocultado la existencia de bienes o derechos o de ingresos", señala el auto judicial, salvo que fueran inembargables según la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.

Suscríbete para seguir leyendo