SUCESOS EN ARAGÓN

Un emprendedor zaragozano se libra del pago de una deuda de 173.000 euros

Contrajo deudas por el citado importe con varias entidades financieras

El Juzgado de Primera Instancia número 14 de Zaragoza tiene su sede en el edificio Vidal de Canellas de la Ciudad de la Justicia.

El Juzgado de Primera Instancia número 14 de Zaragoza tiene su sede en el edificio Vidal de Canellas de la Ciudad de la Justicia. / EL PERIÓDICO

El Juzgado de Primera Instancia número 14 de Zaragoza ha liberado recientemente a un emprendedor zaragozano del pago de 173.000 euros tras haber contraído deudas por el citado importe con varias entidades financieras como CaixaBank, Ibercaja, Caja Laboral o Cofidis. Así lo ha estimado ahora la jueza titular al aplicar el mecanismo conocido como ley de Segunda Oportunidad, una vez que ha quedado acreditado que el solicitante cumple con los requisitos para concederle el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI).

El representante procesal del beneficiario, el letrado Alejandro Soteras, expuso en la memoria explicativa de la historia económica y jurídica del deudor que su «sobreendeudamiento» no se debía a ningún tipo de actividad empresarial. Y es que la concatenación de deudas se remontaba a varios años atrás con el divorcio de quien era su esposa y, por consiguiente, con la asunción de los gastos corrientes del hogar e incluso de la manutención de sus hijos. Sus ingresos, por debajo de los 2.000 euros y con gastos mensuales casi a la par, le impidieron hacer frente a las inversiones que había puesto en marcha como emprendedor y que alcanzaban los 173.490 euros.

Todo ello le llevó a contraer deudas con varios bancos como Ibercaja (43.654 euros), Caja Laboral (28.177), Cofidis (18.234), Cetelem (12.672), Wizink Bank (9.754) o CaixaBank (4.721). «Esta representación no tiene ningún indicio de que no sea un deudor de buena fe o que incumpla algunos de los presupuestos en la Ley para el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI), por lo que estime que se cumplen todos los requisitos necesarios», expuso el jurista.

Este mecanismo jurídico permite eliminar el 100% de las deudas privadas de manera legal y definitiva en el caso de que el demandante cumpla una serie de requisitos como, por ejemplo, que haya demostrado su insolvencia, que haya actuado de buena fe y carecer de antecedentes penales por delitos económicos. Así ha sucedido también con dos casos similares que han recogido, recientemente, las páginas de sucesos y tribunales de EL PERIÓDICO DE ARAGÓN. El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Huesca canceló una deuda de 108.000 euros que arrastraba un matrimonio oscense a raíz de la crisis de 2008 y, semanas antes, el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Zaragoza hizo lo propio con una zaragozana que contrajo deudas por valor de 23.000 euros tras la muerte de su marido en 2019.

De la citada normativa también se pueden beneficiar aquellos que hayan avalado a familiares endeudados. Y, desde septiembre de 2022, también cabe la posibilidad de cancelar deudas públicas dehasta 10.000 euros por institución pública.

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