SUCESOS EN ARAGÓN

Un perito desgrana las irregularidades del buggy que desencadenó el incendio de la Sierra de Alcubierre

El guardia civil dice que los cambios que el acusado efectuó en el biplaza nunca se habrían homologado

Según el investigadores, las altas temperaturas fueron la puntilla a la mala praxis del propietario del vehículo

Juicio contra dos corredores de rally por el incendio de la Sierra de Alcubierre: "Era una actividad irresponsable y sin autorización"

Gaizka L. M. G. e Íñigo C. D. A., el lunes, en el banquillo de los acusados de la Audiencia Provincial de Zaragoza.

Gaizka L. M. G. e Íñigo C. D. A., el lunes, en el banquillo de los acusados de la Audiencia Provincial de Zaragoza. / JAIME GALINDO

Un perito del Grupo de Investigación y Análisis de Tráfico (GIAT) de la Guardia Civil pormenorizó ayer todas y cada una de las modificaciones «totalmente ilegales» que Gaizka L. M. G. llevó a cabo en el buggy polaris que se prendió fuego en la Sierra de Alcubierre en julio de 2019 con la posterior quema de alrededor de 900 hectáreas. El perito no escatimó en aportar detalles al tribunal de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Zaragoza, ante quien defendió que el acusado realizó una serie de «reformas de importancia» en el biplaza y que no llegó a someterlas a la inspección específica requerida por la Administración. Enumeró, entre ellas, la instalación de un segundo depósito de combustible o la eliminación del filtro antichispas y el silenciador del tubo de escape que, a su juicio, suponían «un riesgo grave para la seguridad vial». Las citadas alteraciones, junto a la condiciones meteorológicas que elevaron el riesgo de incendio a la alerta roja, conformaron el cóctel perfecto para dar origen al fuego. «Con todas las modificaciones que había sufrido el vehículo y la gran cantidad de calor, la cuerda se rompe siempre por el eslabón más débil», resumió.

El agente reiteró que todas las modificaciones consideradas de «importancia» deben ser sometidas a una revisión específica, una obligación que no cumplió Gaizka L. M. G., e incluso concretó que, de haberlo hecho, jamás habría logrado las correspondientes homologaciones. «Hubiera sido imposible», zanjó el investigador al incidir, sobre todo, en la imposibilidad de homologar el segundo depósito que instaló en el buggy con la intención de participar en el Rally Panáfrica de Marruecos. Y es que el procesado lo colocó en el habitáculo del motor –«está totalmente prohibido ponerlo ahí», incidió el perito– junto a unas gomas de nivel sin «ninguna» seguridad. «Yo creo que no aguantaban las altas temperaturas», aclaró. Todavía fue más rotundo cuando señaló que el fabricante del vehículo desaconsejaba «cualquier modificación».

También recordó que habían «carrozado» el biplaza, de tal modo que la boca de llenado de los depósitos quedó hacia dentro y no hacia fuera, tal y como exige la normativa. A ello se unió la eliminación del filtro antichispas y el silenciador del tubo de escape, una modificación que, en ocasiones, «se hace para aumentar las prestaciones del vehículo». No en vano, el guardia civil calculó que, como mínimo, la velocidad media de circulación fue de 35km/h cuando el límite es de 30km/h. «En el caso más favorable, la velocidad supera la reglamentación aragonesa y, en ocasiones, la llega a duplicar», añadió.

La conclusión de su profuso informe revela que todas las modificaciones conllevaron «un riesgo grave», acuciado por las altas temperaturas al alcanzar 39ºC y una humedad relativa del 18%, según los datos facilitados por la Aemet. «Era todo irregular, aumentaba el calor y, si al vehículo se le somete a unas prácticas para las que no está habituado...», lamentó ante el tribunal provincial, presidido por la magistrada María del Milagro Rubio.

"Totalmente irresponsable"

Quien quitó hierro a estas afirmaciones fue un perito de parte presentado por los abogados de los acusados al explicar que el origen del incendio nada tenía que ver con las modificaciones efectuadas en el buggy. Situó la causa y el origen del fuego en un problema en el inyector izquierdo, desvinculándolo de los citados cambios y de las condiciones meteorológicas que elevaron el riesgo de incendio a la alerta roja. A esto último aludió anteayer el alcalde de Leciñena y Agente de Protección de la Naturaleza (APN), Raúl Gracia, quien no quiso pasar por alto la imprudencia. «Fue un actividad totalmente irresponsable y sin ningún tipo de autorización», dijo.

Mientras que el ministerio fiscal solicita una pena de cuatro años de cárcel para Gaizka L. M. G. y su copiloto –Íñigo C. D. A.–, las acusaciones particulares a cargo de Miguel Lanaspa y Fernando Octavio de Toledo, en representación de los consistorios de Leciñena y Perdiguera, elevan la pena privativa de libertad hasta los cuatro años y seis meses de prisión. La indemnización asciende a 1.425.000 euros por los perjuicios a los consistorios, al Ejecutivo autonómico –ejerce la acción civil José Luis Gay– y a varios apicultores y agricultores.

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