Ayudas
La industria gasintensiva podrá solicitar subvenciones aunque no esté al día en el pago a proveedores
El Congreso aprueba una enmienda que incluye la medida aprovechando la tramitación del proyecto de ley de la Autoridad de Defensa del Cliente Financiero
Rosa María Sánchez
Las empresas de industria gasintensiva -como las de cerámica, azulejos, papel, vidrio, hierro, acero, aluminio, fibras sintéticas y productos alimenticios, entre otras- podrán acceder al cobro de subvenciones de la línea de ayudas aprobada por el Gobierno a finales de 2022 aunque no estén al día en el pago a sus proveedores dentro del plazo legal y aunque la cuantía de la ayuda solicitada exceda de la frontera de los 30.000 euros.
Así lo ha aprobado el Congreso de los Diputados este jueves tras incorporar una enmienda en esta dirección aprovechando la tramitación del proyecto de ley por el que se crea la Autoridad de Defensa del Cliente Financiero. La enmienda en todo caso, establece que aunque la empresa no cumpla los plazos legales de pago a proveedores en el momento de la solicitud de la ayuda, sí deberá acreditar que lo está "a los seis meses desde el cobro efectivo de la subvención"; además, se añade que incumplir este plazo de prórroga "constituirá causa de reintegro total de la subvención".
La introducción de esta enmienda, que afecta a la la llamada 'ley crea y crece' (en el punto relativo a la ley general de subvenciones), ha sido impulsada desde el Ministerio de Economía. Desde la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad (PMcM), su presidente, Antoni Cañete, se ha mostrado conforme con que se flexibilice temporalmente la ley crea y crece -impulsada desde la PMcM- en esta dirección, "pero únicamente si esta modificación se acota temporalmente (seis meses) y si con ello resuelven sus problemas de morosidad". De otro modo, añade Cañete, la excepción "supondría un claro y peligro paso atrás".
Hasta 25 millones por grupo empresarial
La ley crea y crece (que se publicó en el BOE el 28 de septiembre de 2022) establece que las grandes empresas de más de 250 trabajadores que opten a una subvención superior a 30.000 euros deberán acreditar el cumplimiento de los plazos legales de pago con sus proveedores mediante certificación emitida por un auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas.
La enmienda introducida este jueves libera de esta exigencia a las empresas que opten a las ayudas dispuestas por el Gobierno para compensar los costes adicionales que sufrieron en 2022 las industrias con un elevado consumo de gas debido al excepcional incremento de los precios del gas natural durante el año pasado. El Gobierno dispuso para ello una línea de ayudas de 450 millones, con un máximo de 25 millones por grupo empresarial. La solicitud de estas subvenciones está pendiente de que el Ministerio de Industria publique la orden ministerial con las bases de esta línea de ayudas antes de que finalice el mes de junio. Ahora, el cambio impulsado desde el Ministerio de Economía facilita el acceso a estas ayudas para muchas industrias que en 2022 se vieron abocadas a sobrepasar el plazo máximo general de 60 días para el pago a proveedores privados, por la crisis energética.
El 14 de marzo de 2023, el Consejo de Ministros publicó el listado definitivo de las 36 actividades industriales que podrán optar a estas subvenciones. Además de los sectores de cerámica, azulejos, papel, vidrio, hierro, acero, aluminio, fertilizantes, plásticos, acabados textiles y fibras artificiales y sintéticas -entre otros- se incluyen sectores alimentarios tales como la fabricación de azúcar, aceites y grasas, margarina, zumos de frutas y hortalizas, entre otros.
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