Aviso a los propietarios de pisos en alquiler: novedades en la declaración de la renta
Los beneficiarios de estas medidas deberán tener un máximo de cinco propiedades en zonas declaradas como "tensionadas"

Los alquileres son cada vez más caros. / Pixabay
Los pequeños propietarios de viviendas podrán deducirse entre el 50% y el 90% de los ingresos obtenidos por el arrendamiento de un inmueble en su declaración de Renta de 2025 siempre que cumplan una serie de requisitos.
La bonificación, incluida en la Ley de Vivienda, ha entrado en vigor el 1 de enero de este año, por lo que se podrá aplicar en la cita con Hacienda del próximo año. Su objetivo es el de estimular el alquiler de vivienda habitual y, en consecuencia, frenar la subida de los precios de alquiler.
Los beneficiarios de estas medidas deberán tener un máximo de cinco propiedades en zonas declaradas como "tensionadas" por parte de las distintas comunidades autónomas, que aún tienen por delante fijar qué parte de su territorio se incluiría en dicha calificación.
Bonificación del 70%
En general, en todos los nuevos contratos de arrendamiento el propietario podrá deducirse el 50% del IRPF. A partir de ese porcentaje se le aplicarán nuevas reducciones según la bajada de precio del alquiler que aplique a los inquilinos en zonas tensionadas.
Así, la bonificación será de hasta el 70% si el arrendatario es una entidad pública o una organización sin fines de lucro y el inmueble es un alquiler social con una renta mensual inferior a la establecida en el programa de ayudas del Plan Estatal de Vivienda.
También podrá deducirse el mismo porcentaje si se pone por primera vez una vivienda en el mercado del alquiler, esta se encuentra en una zona tensionada y quien alquila la propiedad tiene entre 18 y 35 años, o bien es una persona en situación de vulnerabilidad económica o familias con ingresos por debajo del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
Por su parte, la máxima reducción en el IRPF -el 90%- podría aplicarla los caseros que alquilen en zonas tensionadas por un precio, al menos, un 5% inferior que el que constaba en un contrato de arrendamiento anterior. Por último, cabe destacar que un propietario hubiera hecho una reforma de la vivienda sujeto de arrendamiento dentro de los dos años anteriores al comienzo del contrato de alquiler automáticamente también podría aplicarse un mínimo de un 60% de bonificación del IRPF de los ingresos obtenidos.
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