El asunto de Antonio Asín, condenado a siete años de inhabilitación por prevaricación por 35.554 de los 65.477 euros que cargó a las arcas municipales de Mallén por unos informes de los que la Audiencia de Zaragoza destacó su "total parquedad, escasez y vacuidad", ha terminado por convertirse en un modelo en su partido. No para imitarlo, obviamente, sino por haber señalado el camino que, tras la última reforma de la Ley Electoral, deben seguir los cargos municipales condenados por delitos contra la Administració: salir de las instituciones.

La corrupción es, según el diccionario, la utilización de las funciones y medios de las instituciones públicas por parte de sus gestores en su provecho, ya sea económico o de otra índole.

La conducta de Abdeslam Lucena, alcalde por el PP en la localidad malagueña de Benamocarra, entra de lleno en esa definición. En el 2008 mandó colocar, con cargo a las arcas públicas, dos pancartas en la puerta del instituto del que había sido nombrado director el entonces portavoz municipal del PSOE, Manuel Ruiz Cazorla, con estas frases: El delegado de Educación enchufa al director del instituto. No a la politización de la educación de nuestros niños y El director del instituto enchufado por el delegado de Educación. La política llega a las aulas. No con nuestros hijos.

La magistrada del Juzgado de lo Penal número 14 de Málaga concluyó que esos mensajes tenían una "clara intención de causar un menoscabo en la dignidad" de Ruiz Cazorla, por lo que condenó a Lucena a seis meses de prisión, un año de inhabilitación y 13.200 euros de multa como autor de los delitos de malversación, injurias y desobediencia. También deberá indemnizar a su rival político con 10.000 euros y al consistorio con 2.157.

Tras la condena, el PSOE malagueño ha intentado, hasta ahora sin éxito, que Lucena deje tanto la alcaldía como su escaño de diputado provincial.

Hace unos días, el grupo municipal del PSOE en Benamocarra solicitó al ayuntamiento que aplique la doctrina Mallén. Es decir, que incluya en el orden del día del próximo pleno la toma de conocimiento de la sentencia por parte de los concejales, lo que supondría el inmediato abandono del acta de concejal por parte del condenado.

Inelegibilidad

Antes, los concejales del PP habían evitado la aplicación de la normativa vigente al imponer su mayoría para rechazar en el pleno la toma de conocimiento de la sentencia. De hecho, el equipo de Gobierno de Benamocarra hizo pública una nota en la que trataban de justificar su postura: argumentaban que la condena no es firme --tampoco lo es la de Mallén, pendiente de revisión en el Supremo-- y sostenían que Lucena cometió los hechos en el 2008, mientras que la causa de inelegibilidad fue introducida en la reforma de la Ley Electoral en el 2011. "Continuará en su cargo tras el respaldo municipal", indicaba la nota.

En Mallén pasó algo similar: los concejales del PSOE --todos menos una miembro de la ejecutiva provincial-- votaron contra la toma de conocimiento. La Delegación del Gobierno anunció que iba a llevar el asunto a Fiscalía. Y el ministerio público no tuvo que llegar a actuar. Asín salió del consistorio con la abstención de los suyos y el voto a favor de la oposición.