La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) que declara nulo el plan especial del Ayuntamiento de Zaragoza para la construcción del centro comercial 'Torre Village' manifiesta con "contundencia" que no se puede hacer "urbanismo a la carta", según los colectivos que presentaron el recurso contencioso administrativo contra esta decisión del pleno municipal.

Estas organizaciones, entre las que se encuentran la plataforma 'Yo compro en las Fuentes', la Federación Aragonesa de Barrios de Zaragoza (FABZ), CCOO, UGT, Podemos, IU o Ecologistas en Acción, han acogido con "satisfacción" esta sentencia que les da la razón, y han indicado que este respaldo les ayuda a seguir defendiendo el comercio de proximidad.

En una rueda de prensa convocada para valorar el fallo del TSJA, los representantes de estos colectivos, que presentaron el recurso el 23 de diciembre de 2016, han hecho una defensa de un modelo de ciudad compacto asentado en el pequeño comercio como elemento vertebrador de los barrios.

Pero, además, han indicado que Zaragoza es la ciudad española con más ratio de metro cuadrado de superficie comercial por habitante, por lo que consideran que no hay demanda suficiente para la apertura de otro complejo comercial de estas características, más si cabe cuando en la ciudad hay centros comerciales "en estado comatoso", en referencia a Plaza y Cesar Augusta, ha indicado el presidente de FABZ, Manuel Arnal.

Ante las voces que defienden el proyecto por su capacidad para generar empleo, desde CCOO y UGT han asegurado que 'Torre Village' no generará puestos de trabajo sin destruir otros en la ciudad.

Gerardo Montori, de CCOO, ha apuntado que por cada dos puestos de trabajo que se crean en las grandes superficies se destruyen tres en el comercio de proximidad, que es, a su juicio, el que consolida la ciudad.

En la misma línea se ha pronunciado la representante del comercio de San José, Montse Pérez, quien ha hecho hincapié también en la función social del comercio por cuanto "mantiene los barrios vivos" y se preocupa por los clientes mayores de edad que viven solos.

Además, ha añadido María José Palud, de 'Yo compro en las Fuentes', lo que plantea 'Torre Village' es un espacio abierto con calles y comercios, es decir, "lo que ya tenemos en nuestros barrios".

Todos han manifestado su preocupación por la pérdida de establecimientos en las calle comerciales de la ciudad, como la avenida San José, la calle Delicias o Miguel Servet, donde han comentado que está desapareciendo el comercio tradicional "dejando un gran vacío que no lo cubren otras actividades".

"No puede ser que se abra espacio fuera de la ciudad cuando hay dentro y calificado convenientemente para uso terciario", ha ahondado Arnal.

Otra de las asociaciones que firmó el recurso es Ecologistas en Acción. Su portavoz, José Ángel Moncayuela, ha explicado que su rechazo a este macrocentro comercial fue "claro" desde el principio porque, a su juicio, este tipo de proyectos, además de "desestructurar" la ciudad, provoca "problemas de movilidad" y "potencia el uso del coche particular".

Por último, estos colectivos, que no han entrado a valorar la presentación de un posible recurso por parte de la empresa promotora porque "el ordenamiento jurídico lo permite", han apuntado que la sentencia es "diáfana" y han asegurado que estarán vigilantes para que el proyecto no se vuelva a impulsar desde el ayuntamiento tras las elecciones municipales del 26 de mayo.

"La plataforma que se creó no se ha disuelto", ha subrayado Arnal, quien ha añadido que estarán "expectantes" para que esto "no se menee políticamente y si no, actuaremos con contundencia".

En la sentencia de la sala de lo contencioso-administrativo del TSJA, los magistrados expresan que el plan especial ha entrado en cuestiones que afectan a la estructura general del urbanismo de la ciudad y que corresponden en exclusiva al Plan General de Ordenación Urbana (PGOU).

Inciden en que un plan especial no puede nunca sustituir al PGOU en la clasificación del suelo, fijación de la estructura general y, en este caso concreto, en materia de limitación de usos.