Un vecino de Zaragoza ha sido condenado por alquilar un piso que le había embargado Caja España, actualmente Unicaja Banco. Este hombre, J. S., llegó a percibir 1.750 euros procedentes de las mensualidades pagadas por la inquilina, que es quien le sentó en el banquillo de los acusados por estafa.

Esta mujer decidió demandarle porque un día se vio obligada a abandonar el piso, después de que le fuera imposible registrar el contrato en el Gobierno de Aragón y que la entidad bancaria tampoco aceptara regularizar el arriendo. Acababa de comprar un termo valorado en 77,85 euros.

El titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Zaragoza, Eduardo Marquina, considera que el acusado es autor de un delito de estafa en la modalidad de alquiler por quien no es dueño y le ha impuesto una condena de un año y dos meses, además de tener que indemnizar a la víctima con 1.827,85 euros.

Relata el magistrado que el acusado era «perfectamente sabedor» de que había un expediente judicial en su contra por impago de una hipoteca que le hizo perder el piso. A pesar de ello, «se hizo pasar falsamente por legítimo propietario y procedió a alquilarlo, llegando a firmar un alquiler por un periodo de un año y prorrogable a tres, pactándose una renta mensual de 350 euros y una fianza de la misma cantidad».

El enjuiciado señaló durante el juicio que «no tuvo conocimiento, porque no se le notificó nada sobre el embargo y que estaba en la creencia de que seguía siendo el dueño del piso, por lo que pensó que el alquiler del mismo era lícito». Un argumento que rechaza el magistrado que le ha condenado.

Añade en la sentencia que el hombre «creó la expectativa en la denunciante» de que iba a disfrutar de ese piso al menos un año, «lo cual le podría reportar beneficios en su situación personal, no ya de habitabilidad, sino de ayudas sociales». «Al frustrase, es evidente que se le causa un daño que en primer lugar está constituido por todas las cantidades abonadas», destaca, a la vez que añade «que los gastos acreditados realizados en esa vivienda no tendría que haberlos hecho, ya que no debió entrar a vivir allí, ya que lo hacía sin permiso del verdadero titular». El resto de gastos no los acepta, puesto que solo hay ticket del termo. La sentencia no es firme y puede ser recurrida por el letrado de la defensa, Armando Martínez