Padecer una enfermedad crónica dejará de contar a la hora de aspirar a una plaza escolar. Hasta ahora, este factor suponía medio punto más en la baremación con la que los alumnos optan a entrar en el centro elegido y, por consiguiente, esta valoración adicional era determinante para el acceso a colegios con más demanda que oferta. Sin embargo, la Administración ha decidido suprimir esta dotación extra, por lo que los niños afectados de patologías que afecten al sistema digestivo, endocrino o metabólico --como la diabetes, por ejemplo-- no dispondrán de más puntuación.

La eliminación se justifica en las "situaciones de desigualdad que generaba el catálogo de dolencias", según apuntaron ayer la consejera de Educación, Dolores Serrat, y el director general de Ordenación Académica, Marco Rando, que apelaron, asimismo, a una sugerencia en ese sentido planteada recientemente por el Justicia de Aragón. "Las dificultades para concretar, acreditar y comprobar esas enfermedades han llevado a modificar la normativa", indicó Rando.

Serrat argumentó que la enfermedad crónica es "un concepto jurídicamente indeterminado dentro del cual tienen cabida múltiples situaciones médicas" y aseguró que "es la que más problemas genera en el proceso y no aporta nada".

LOS PADRES

La supresión de esta puntuación adicional fue criticada por los padres. "Suprimir el criterio complementario de enfermedad por las dificultades de acreditar tal condición y su concreción nos parece una razón endeble", indicaron desde la Federación de Asociaciones de Padres de Alumnos (Fapar), que entiende que la "discriminación positiva" servía de "compensación" a las necesidades de este alumnado.

Otra de las modificaciones, que aún no han sido trasladadas a la comunidad educativa y se someterán ahora a un mes de información pública, se refiere a la flexibilidad en la escolarización de los niños prematuros que nacen con un kilo o menos de peso o antes de la 28 semana de gestación. Educación da a las familias la oportunidad de decidir si escolarizan a sus hijos en el año de su edad cronológica o en el de su evolutiva, para lo que deberán presentar el certificado médico que acredite la situación para poder atender esa solicitud.