El Tribunal Supremo ha confirmado las penas de doce años y medio de prisión para Tomás Ene, el zaragozano que mató de un puñetazo a un vecino de las casas municipales del Actur el 9 de agosto del 2000. Ene fue juzgado por un tribunal del jurado que emitió un veredicto de culpabilidad por los delitos de homicidio y allanamiento de morada, como responsable de la muerte de José Luis Calatayud..

Después de que el Tribunal Superior de Justicia de Aragón desestimara la apelación, el abogado de la defensa, Javier Notivoli recurrió en casación ante el Supremo, que ha confirmado el fallo inicial e impone las costas del procedimiento al recurrente.

El Alto Tribunal, que califica de "confusa" la presentación del recurso, señala en la sentencia que el jurado contó con un "material probatorio válido" para emitir un veredicto que fue "suficientemente motivado".

El respuesta al posible error en la calificación de los hechos como homicidio, la sentencia estima "la mecánica de lo acontecido y la autoría del recurrente es indiscutible" a la vista de las declaraciones de los testigos del crimen durante el juicio.

El Supremo considera que existió ánimo de matar, ya que, por la intensidad del golpe, "que alcanzó el páncreas del agredido rompiéndolo", evidencia que hubo un dolo indudable de muerte, aunque fuera "eventual".

Asimismo, en la sentencia se considera "incuestionable" que se produjo un allanamiento de morada, en tanto que supone "la intromisión en vivienda ajena y contra la libertad de su morador, cualquier que fuera la intención o finalidad con la que se llevó a cabo".

El Supremo ratifica la sentencia inicial en todos sus términos y condena en costas al recurrente.