La Sociedad de Economía Mixta (SEM) Los Tranvías de Zaragoza ha defendido hoy la legalidad de todo el proceso de construcción de la Línea 1 del tranvía, que se ha ejecutado de acuerdo con el pliego de condiciones que rige el contrato administrativo.

La SEM responde así en un comunicado a la información que publica hoy Heraldo de Aragón de que la UTE (Acciona-FCC) que construyó el tranvía facturó trabajos que no se hicieron y que se valoraron en un millón de euros, como el desplazamiento del monumento de los Mártires, en la plaza de España, o el traslado de la fuente de la plaza Paraíso.

La Sociedad informa de que el contrato adjudicado desde el Ayuntamiento es un contrato de gestión de servicio público en la modalidad de empresa mixta, una vez seleccionado el socio privado, consistente en la construcción, explotación y mantenimiento de la línea 1 del tranvía.

Así, las obras no llevan aparejada una contraprestación económica directa por parte del Ayuntamiento que las retribuya directamente, sino que la forma de retribuir el contrato a la SEM, en su totalidad, incluye diversos conceptos como pagos en concepto de subvención de capital, por usuario, por disponibilidad y por servicios

Según la SEM, son los pagos por subvención de capital los que se asemejan más a una retribución equivalente al coste de las obras, en la medida en que se vinculan a la fase de construcción, al cumplimiento de determinados hitos constructivos, es fijo e invariable y no cubre más que una parte del coste de construcción.

Motivo por el que, explican, las obras también han sido financiadas con fondos privados, tanto a través de aportaciones directas de las empresas integrantes del consorcio adjudicatario de las obras como de financiación bancaria.

Para "monitorizar" adecuadamente el desarrollo de las obras, el Ayuntamiento y las entidades financieras integrantes del sindicato bancario que ha financiado parcialmente la construcción designaron asesores técnicos independientes que han velado por la correcta ejecución de las obras y su adecuación al proyecto de ejecución.

Aseguran que "en ningún caso" las obras se han retribuido desde el Ayuntamiento a la SEM conforme a certificaciones mensuales que puedan generar derecho al cobro en ese importe, aun cuando sean a cuenta.

De acuerdo con el Pliego de Cláusulas Administrativas las relaciones mensuales valoradas de la obra se emiten a los meros efectos de conocer el ritmo de ejecución de las obras y su sujeción al plan, sin que tengan el carácter -ni conlleven su emisión- de certificaciones de obra y sin que impliquen aceptación o entrega alguna de las mismas.

La SEM (participada en un 20 % por el Ayuntamiento) formalizó un contrato de obras privado con empresas constructoras (la denominada UTE), en el que le traslada todos los derechos y obligaciones asumidos con el Ayuntamiento para la fase de construcción y pacta un sistema de retribución a tanto alzado y precio cerrado.

En este sistema, el contratista asume en su totalidad el contenido del proyecto, de tal modo que no puede reclamar un aumento de precio por cualquier error u omisión de aquél que se ponga de manifiesto durante el desarrollo de las obras y que deba ser corregido.

Desmienten, como publica el diario, que se haya cobrado por obras certificadas y no ejecutadas.

Las relaciones mensuales valoradas se elaboraron según el grado de avance de las obras previstas en el proyecto original, aunque en la ejecución de las obras se han producido ajustes que han conducido a partidas del proyecto inicial que no se han ejecutado pero también, a la ejecución de partidas adicionales.

Insisten en que tanto el proyecto final como la valoración final de las obras reflejan "con exactitud" todo lo realmente realizado y que todas las modificaciones para corregir el proyecto fueron tratadas y acordadas por todos los técnicos intervinientes y con responsabilidad en los contratos.