El Banco de España está estudiando la posibilidad de abrir expediente sancionador a bancos a resultas de alguno de los más de 2.000 informes que ha emitido entre julio del 2013 y enero del 2014 en los que da la razón a clientes que habían presentado quejas relacionadas con las cláusulas suelo. Este punto del contrato limita la bajada del interés de la hipoteca.

El Gobierno ha dado estas explicaciones al portavoz adjunto de Economía del PSOE en el Congreso, Antonio Hurtado, en respuesta a la valoración que el diputado pidió al Ejecutivo sobre los efectos de la sentencia del Tribunal Supremo de hace un año declarando nula la aplicación de cláusulas suelo sin los necesarios requisitos de transparencia. El fallo afectaba a préstamos del BBVA, las cajas rurales unidas y a NCG Banco. La sentencia no tenía efectos retroactivos.

En el texto, el Ejecutivo recuerda que tras el fallo judicial pidió al Banco de España que prestara "especial atención" a su cumplimiento. A su vez menciona un informe del 19 de febrero, en el que el supervisor comunica que durante el segundo semestre del 2013 y el mes de enero de este ejercicio el Departamento de Conducta de Mercado emitió más de 2.000 informes favorables a los reclamantes en expedientes relacionados con las cláusulas suelo.

EXPEDIENTES A EXAMEN De ellos, una tercera parte se referían a incumplimientos normativos, mientras que el resto se derivaban de "quebrantamientos de las buenas prácticas bancarias". Ante esta cifra, y al margen de que este tipo de condiciones contractuales sean vigiladas dentro del plan anual de supervisión 2014 del Banco de España, la Dirección General de Supervisión ya está "analizando" los diferentes expedientes para "detectar si hubiera indicios que justifiquen la incoación de expedientes sancionadores".

No obstante, el Gobierno también recuerda que el Supremo no declaró nulas las cláusulas suelo de forma general, sino que solo obliga a que se cumplan unos requisitos de "especial transparencia". El ministerio de Economía precisó entre estas condiciones la necesidad de que los préstamos hipotecarios que incluyan las cláusulas deban contener, junto a la firma del cliente, una expresión manuscrita por la que el prestatario manifieste que ha sido "adecuadamente advertido de los posibles riesgos derivados del contrato".

Para valorar si esas advertencias han sido las adecuadas, el Alto Tribunal estima que "no es suficiente con que las cláusulas de forma aislada sean comprensibles" sino que los consumidores deben ser informados explícitamente de que "cuando el tipo de interés baja a determinados niveles el préstamo se transforma en un préstamo a interés fijo variable solo al alza".

NO SE GENERALIZARÁ El Ejecutivo considera que la anulación de cláusulas suelo en un contrato hipotecario sólo podrá derivarse de un "pronunciamiento judicial caso a caso para determinar si la comercialización fue adecuada o no en función de la información trasladada al cliente".

De este modo, el Gobierno admite que no se producirá una eliminación generalizada de las cláusulas suelo ni tampoco la compensación a todos los titulares de hipotecas con estas condiciones por las rebajas de tipos impositivos de las que no se han podido beneficiar.

Según una proposición no de ley del PSOE de hace un año, a 31 de diciembre del 2009, el 97% de las hipotecas eran a tipo variable y de estas, el 33% tenían cláusula suelo, techo o ambas. La media del techo era el 13,56% y la del suelo, el 3,12%. En los contratos con solo cláusula suelo este era del 3,55%.