El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este sábado la nueva Orden de Sanidad sobre flexibilización de las restricciones en el ámbito del Deporte durante el estado de alarma, en la fase 2, y en ella se anuncia que "se podrá proceder a la reanudación de la competición profesional siempre y cuando la evolución de la situación sanitaria lo permita", y que cuando así sea se hará "sin público y a puerta cerrada" y "se permitirá la entrada de medios de comunicación para la retransmisión" de la misma.

Al referirse a la "reanudación de la competición de las Ligas Profesionales", el BOE indica que "se podrá proceder a la reanudación de la competición profesional siempre y cuando la evolución de la situación sanitaria lo permita", "se reanudará sin público y a puerta cerrada" y "se permitirá la entrada de medios de comunicación para la retransmisión" de la misma.

"El número de personas que podrán acceder a los estadios y pabellones en los que la competición profesional tenga lugar, por ser necesarias para el adecuado desarrollo de la misma, se determinará por parte del Consejo Superior de deportes con anterioridad al inicio de la citada competición, siguiendo las recomendaciones sanitarias de higiene y prevención", agrega.

En cuanto al "entrenamiento total o precompetición en ligas profesionales", informa de que "los clubs deportivos profesionales o Sociedades Anónimas Deportivas podrán desarrollar entrenamientos de carácter total dirigidos a una modalidad deportiva específica, cumpliendo con las correspondientes medidas de prevención e higiene".

"A los efectos de lo previsto en esta orden, se entenderá por entrenamiento de carácter total el desarrollo de tareas dirigidas a la fase previa de la competición, incluyendo los trabajos tácticos exhaustivos, que incluyan acciones conjuntas en grupos de varios deportistas hasta un máximo de catorce personas", incide.

"Si se optara por el régimen de entrenamiento en concentración se deberá cumplir con las medidas específicas establecidas para este tipo de entrenamiento por las autoridades sanitarias y el Consejo Superior de Deportes. Tanto si se requiere el servicio de residencia, como la apertura de los servicios de restauración y cafeterías, se deberán cumplir las medidas establecidas en la presente orden para este tipo de establecimientos", señala.

El BOE estipula que "las tareas de entrenamiento se desarrollarán siempre que sea posible por turnos, evitando superar el cincuenta por ciento de la capacidad de la instalación para los deportistas, podrá asistir a las sesiones de entrenamiento el personal técnico necesario para el desarrollo de las mismas, así como personal de apoyo y utillero imprescindible, y se podrán utilizar los vestuarios".

Además, "podrán realizarse reuniones técnicas de trabajo con un máximo de quince participantes, incluyendo al técnico. En todo caso, se deberá guardar la correspondiente distancia de seguridad y hacer uso de las medidas de protección necesarias".

En cuanto a los árbitros, éstos "podrán acceder a las instalaciones, para su específico entrenamiento, en el mismo régimen y con las mismas condiciones aplicables a los deportistas y personal técnico, de acuerdo con las normas específicas que regulan las instalaciones deportivas al aire libre y cerradas".

A las sesiones de entrenamiento "no podrán asistir medios de comunicación", agrega el texto del BOE, que incide en que "en todo caso se seguirán las medidas de prevención y protección establecidas por las autoridades sanitarias".

Otra norma es que "se deberá realizar una limpieza y desinfección periódica de las instalaciones conforme a lo previsto. Asimismo, se limpiará y desinfectará el material utilizado por los deportistas al finalizar cada turno de entrenamiento y a la finalización de la jornada".