Cambios en la ley de bienestar animal: ¿Pueden entrar los perros en los bares y restaurantes de Aragón?
La nueva normativa ha ampliado el listado de mascotas prohibidas y obliga a realizar un curso previo para todas las personas que quieran tener un perro

La presencia de perros en establecimientos hosteleros no es igual en toda España / ARCHIVO
El Congreso de los Diputados dio luz verde definitiva el pasado 16 de marzo a la nueva ley de bienestar animal y a la reforma del Código Penal, destinada a agravar las penas por maltrato. Ambas normas han salido adelante sin que la ley que protege el abandono, maltrato y sacrificio de los animales ampare a los perros de caza, o a los empleados en actividades profesionales (policía, rescate, etc.), en la ganadería (los perros pastores) o la cetrería.
Otra novedad importante es que la nueva ley amplía notablemente el listado de mascotas que se prohíbe tener en casa, estableciendo unos requisitos para que un animal se considere doméstico. Estos se basan en que los animales tengan unas necesidades fisiológicas, ecológicas y etológicas fáciles de atender, que no supongan un riesgo para las personas por su agresividad, veneno o tamaño y que no puedan convertirse en especies invasoras.
Además, otro de los puntos que más controversia han generado es el de la obligatoriedad de un curso previo que deben hacer todos las personas que quieran tener un perro como mascota. En caso de ser dueño de un perro, estos tendrán un plazo máximo de dos años para realizarlo.
¿Pueden los perros entrar a bares y restaurantes?
"Los establecimientos públicos y privados, alojamientos hoteleros, restaurantes, bares y en los que se consuman bebidas y comidas podrán facilitar la entrada de animales de compañía que no constituyan un riesgo para las personas, otros animales y las cosas". Así se explica en el punto 2 del artículo 29 de la ley de bienestar animal la nueva modificación.
Sin embargo, la ley también especifica que podrán permanecer en "zonas zonas no destinadas a la elaboración, almacenamiento o manipulación de alimentos sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa sobre salud pública, o de las ordenanzas municipales o normativa específica".
Es aquí donde aparece el conflicto con la nueva ley, ya que Aragón es un caso aislado en España debido a una normativa que se publicó en el año 2006. Entonces, el Decreto 131/2006 aprobaba el reglamento sobre condiciones sanitarias en los establecimientos y actividades de comidas preparadas, por el que se "prohíbe expresamente la presencia de animales en bares, cafeterías y restaurantes". Otras ciudades, como Melilla, Santander o Pamplona también lo prohíben.
Como se ve, las distintas normativas entre comunidades autónomas, ayuntamientos y Gobierno de España pueden dar lugar a confusiones. En el caso de Aragón, prevalece el Decreto 131/2006, por lo que no es posible entrar con perros a los establecimientos anteriormente mencionados.
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