URBANISMO
El Ayuntamiento de Zaragoza inicia la expropiación de 14 fincas dentro del plan Zamoray-Pignatelli
El proceso, dotado con más de 1,8 millones de euros, afecta a un solar en la calle Zamoray y cinco edificios en Pignatelli | También se expropiarán otros tres solares y tres inmuebles en la calle de Agustina de Aragón, otro en la calle del Caballo y uno más en Miguel de Ara

El proceso afecta a cinco edificios de la calle Pignatelli. / ÁNGEL DE CASTRO
El área de Urbanismo del Ayuntamiento de Zaragoza ha iniciado un expediente, que se llevará al próximo Consejo de Gerencia del lunes 3 de octubre, para la expropiación de 14 fincas, tasadas de forma conjunta por 1.868.158,25 euros, incluidas en el Plan Especial de Protección y Mejora de Pignatelli-Zamoray. Así lo ha explicado esta mañana el consejero de Urbanismo y Equipamientos, Víctor Serrano, quien ha recordado que, “una vez aprobada inicialmente la expropiación, el proyecto y la documentación serán expuestos a información pública durante un mes y, tras resolver las posibles observaciones o alegaciones, se analizará la existencia de titulares de derechos de ocupación o arrendamientos en la finca afectada con el fin de poder iniciar posibles procedimientos de desocupación”.
En concreto, en esta expropiación se verán afectados cuatro solares situados en la calle de José Zamoray, 17, y otros tres en la calle de Agustina de Aragón, en los números 20, 22-24 y el 29 (dividido en dos fincas). Asimismo, serán objeto de este proceso diez inmuebles situados uno en calle del Caballo, 9; otro en la calle de Miguel de Ara, 36 (dividido en cinco fincas); tres en la calle de Agustina de Aragón, en los números 6, 8 y 26 (este último dividido en 8 fincas); y cinco en la calle de Ramón Pignatelli, en los números 43 (dos propiedades), 48 (cinco fincas), 67 (dos fincas), 69, y 76 (dos propiedades).
“Hemos sido un Gobierno municipal valiente y comprometido, con una acción política que nos ha llevado a tener un Plan Especial, con un amplio consenso y sin votos en contra, que es la herramienta principal para ejecutar actuaciones decididas”, ha apuntado Serrano. “La zona de Zamoray-Pignatelli está sumida en una terrible inercia donde ninguna institución actuaba”, ha proseguido el consejero de Urbanismo, quien ha aseverado que, “a pesar de encontrarnos con una situación terriblemente compleja y muy difícil, vamos a seguir impulsado políticas y acciones útiles que ayuden a los vecinos”.
“Ya está en obras la residencia de Pontoneros; hemos lanzado un disruptivo Plan de Iluminación para esas calles y su entorno acorde a criterios prioritarios de seguridad, confort visual de las personas, ahorro energético, bajo coste de mantenimiento y mejora de la calidad ambiental; hemos sacado a licitación la urbanización de la calle de Agustina de Aragón; y hemos formalizado la adquisición de trece propiedades en el entorno de Pignatelli por un valor 2.652.036,79 euros”, ha repasado Víctor Serrano. “Llega el momento de dar un paso más y aplicar todas las herramientas jurídico técnicas de las que disponemos, por lo que iniciaremos un proceso de expropiación de estos catorce solares y edificios, lo que nos permitirá dar un salto exponencial en materia de suelo y vivienda en la zona, además de atajar el problema de los casos de ocupación ilegal problemáticos que los propietarios de estas fincas no están afrontando”, ha explicado Serrano.
Normativa vigente
La actuación se toma de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto-Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, en cuyo artículo 42 posibilita la expropiación por razón de la ordenación territorial y urbanística pudiéndose aplicar para las finalidades previstas en la legislación reguladora de dicha ordenación, de conformidad con lo dispuesto en esta ley y en la Ley de Expropiación Forzosa.
A su vez, el Texto Refundido de la Ley de urbanismo de Aragón aprobado mediante Decreto-Legislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Aragón, recoge en su artículo 194 la expropiación forzosa para la constitución o ampliación del Patrimonio Municipal de Suelo. Además, señala en el artículo 201 que, para la aplicación de la expropiación forzosa por razón de urbanismo, el municipio debe formular una relación de propietarios existentes en el ámbito, con la descripción de bienes y derechos afectados, que habrá de someterse a información pública y aprobarse en la forma establecida en la propia legislación estatal de expropiación forzosa.
Las tasaciones se notificarán individualmente a los que aparezcan como titulares de bienes o derechos en el expediente dándoles traslado de la hoja de aprecio y de la propuesta de fijación de los criterios de valoración, en cuyo caso el plazo de un mes comenzará a contar desde la fecha de notificación.
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