La magistrada del Juzgado de Primera Instancia número 7 de Zaragoza ha exonerado a una mujer de asumir el crédito de consumo de la financiera Cofidis que le fue endosado por la compra de una colección de libros a cuya adquisición renunció dentro del plazo de siete días desde su recepción al que le daba derecho el contrato, aunque la editorial --Madagascar Ediciones Difusión-- no le informó de su existencia.

La jueza da la razón a la mujer, defendida por el abogado Simón Lahoz y a la que la financiera demandó para ejecutar el crédito. La sentencia señala que, al producirse en plazo el desestimiento para adquirir los libros, queda también resuelto el crédito vinculado a la operación.