El pleno del Tribunal de Cuentas ha aprobado el informe de fiscalización del tranvía de Zaragoza, en el que ha ratificado, como ya hizo en el anteproyecto presentado en noviembre, varias irregularidades en la planificación, contratación y el régimen económico de la explotación.

En diciembre de 2013, el pleno del órgano aprobó realizar la fiscalización del tranvía de Zaragoza en el periodo 2004-2014, y en noviembre de 2016 hizo público un anteproyecto, que recibió alegaciones por parte del Ayuntamiento de Zaragoza y del Gobierno de Aragón.

Una vez analizadas, el 26 de enero pasado el pleno del Tribunal de Cuentas aprobó definitivamente el informe de fiscalización, que abarca desde que en 2004 se iniciaron las actuaciones para la construcción hasta 2014.

El órgano fiscalizador ha detectado un especial número de irregularidades en relación con la contratación, entre ellas la insuficiente justificación de la necesidad de la contratación; criterios de adjudicación genéricos e imprecisos, la omisión de la aprobación de prórrogas solicitadas por el contratista y el retraso en la recepción del objeto de los contratos.

En los expedientes de los diversos contratos de asistencia técnica celebrados entre 2004 y 2009 y en los de redacción de proyectos se detecta la concurrencia de incidencias e irregularidades que constituyen incumplimientos de la normativa de contratos del sector público y de prácticas que "no resultan conformes a los principios de publicidad, transparencia y objetividad".

El Tribunal de Cuentas recuerda que la gestión del servicio se lleva a cabo por una sociedad de economía mixta (SEM) con minoría de capital público (el 20 por ciento) y en el que el socio privado actúa como contratista de la obra y gestor directo del servicio.

El órgano fiscalizador ha detectado incidencias en el contrato para seleccionar a este socio privado, entre ellas que el adjudicatario formuló una oferta con una baja negativa, lo que operó como un alza, resultado un presupuesto en 227.635 euros superior al de referencia, sin que la mesa de contratación hiciera observaciones al respecto.

Además, la SEM presentó un proyecto constructivo con mejoras respecto al proyecto de referencia sin que se especificaran estas modificaciones, por lo que el tribunal no ha podido comprobar que el incremento del presupuesto se debiera a estas mejoras.

Otra de las incidencias se refiere a las subcontrataciones de prestaciones principales, algo que no se ajusta a la normativa, que solo permite subcontratar prestaciones accesorias.

Agrega que según el pliego del contrato, debían realizarse mensualmente relaciones valoradas de las obras ejecutadas, que no tenían el carácter de certificaciones de obra y que, de este modo, no se dispuso de un instrumento relevante para el control de las obras.

Inciden en que el importe total en concepto de construcción se ajustó al proyecto aprobado, pero que la mayor parte de los capítulos sufrieron notables variaciones, cambios que no se acreditaron ni justificaron ni obtuvieron por tanto la previa aprobación municipal.

En el capítulo del régimen económico de la explotación, el informe establece que el ayuntamiento pagó a la SEM la totalidad de la subvención con una bonificación por pronta ejecución, incluso por un hito que se certificó con posterioridad al calendario previsto.

Otra irregularidad se basa en la facultad que se dio a los inspectores los primeros meses para cobrar las sanciones a los usuarios que no habían pagado, que no se ajusta a la normativa, y otra se refiere a que la SEM no aportó herramientas de medición directa de viajeros para fijar el pago que debía hacer el ayuntamiento por este concepto.

Recuerda además el Tribunal de Cuentas que la propiedad económica de la inversión involucrada en el contrato de gestión era del ayuntamiento, debiéndose registrar la inversión pendiente como gasto público y, por tanto, incrementando el déficit público.

Así, en diciembre de 2015, el Comité Técnico de Cuentas Nacionales incrementó la deuda financiera efectiva del ayuntamiento en 256 millones, como préstamo de asociación público-privada para la construcción del tranvía.