El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha vuelto a darle la razón al Partido Popular en uno de los asuntos más espinosos de la pasada legislatura. Una sentencia judicial en segunda instancia confirma que el veto del Ayuntamiento de Zaragoza aplicado por el consistorio a un proyecto privado para construir un colegio concertado en el barrio de Valdespartera no debió producirse, que fue irregular y que no respetó el convenio marco del 2010 que regula la cesión de suelos municipales al Gobierno autonómico para la construcción de equipamientos educativos. Una decisión política, entonces del PSOE, que gobernaba, IU y CHA, que fue quien promovió el recurso que ahora se ha desestimado por los tribunales.

Este episodio se remonta al 2014, cuando una entidad privada, la Fundación Estudiantes, se ofreció a invertir 20 millones de euros en la capital aragonesa en Valdespartera, para levantar un colegio privado con el que la DGA concertaría plazas para acabar con el déficit de centros que padece el sur de la ciudad.

Desde el Ejecutivo aragonés, entonces gobernado por el PP de Luisa Fernanda Rudi, se formalizó la solicitud de cesión y ahí empezaron los problemas con el ayuntamiento. El Gobierno socialista se negó en rotundo y la DGA le llevó a los tribunales por ello. El inversor se marchó. Y ahora en otra sentencia condena el veto. Una decisión que conllevará una modificación del convenio marco del 2010 para la cesión de suelo, «para que solo puedan dedicarse a colegios públicos».

Así lo indicó ayer el responsable de Urbanismo del consistorio zaragozano, Pablo Muñoz, quien se reafirmó en la «posición ideológica» defendida en el 2014 para impedir un colegio privado en suelo público. «Lo que estamos viendo es que un juzgado la tumba y que en este solar --mostró una imagen de los terrenos en el pleno--, hoy no hay nada. Frente a sus cuestiones ideológicas, por fortuna, está la ley», le replicó Pedro Navarro, edil del PP. «Esto no está reñido con que el suelo público sea para equipamientos públicos. Quien quiera suelo, que se lo pague», defendió la concejala de CHA Leticia Crespo.

Porque el citado convenio marco «no contempla la posibilidad de establecer la restricción», dice el TSJA en la sentencia. «Se extralimita y transgrede lo pactado», añade. También destaca que «limita injustificadamente la legítima opción por uno u otro modelo de gestión», en referencia a la concertación que fue fallida. H