El Gobierno de Aragón ha habilitado hace casi un mes un teléfono gratuito (687 18 90 69) para atender a las víctimas de delitos de odio por homofobia, orientación sexual o identidad de género y un correo electrónico para dudas y consultas.

El objetivo es atender a la víctima hasta el momento en que decida o rechace interponer una denuncia y las comunicaciones pueden completarse con asistencia personal, en el caso de que sea necesario.

Este teléfono se ha creado para dar cumplimiento a dos leyes aragonesas de 2018: la de identidad y expresión de género e igualdad y no discriminación y la de igualdad y protección integral contra la discriminación por razón de orientación sexual, expresión e identidad de género.

El servicio lo presta el Colegio de Abogados de Zaragoza y el horario en el que se puede contactar con el teléfono es el martes de 10.00 a 13.00 horas y de 17.00 a 20.00.

Del mismo modo, el servicio se compromete a proporcionar un informe lo antes posible, a partir de la consulta, indicando a los solicitantes información y plazos para que tomen las medidas más adecuadas. Además, desde el primer momento, se facilita la ayuda requerida por los comunicantes.

La Dirección General de Igualdad y Familias dio a conocer este servicio coincidiendo con la celebración el 22 de julio del Día Europeo de las Víctimas de los Delitos de Odio, en recuerdo de las 77 personas asesinadas por sus ideas en la isla de Utoya, en Noruega en 2011.

Colegio de abogados

«Llevamos menos de un mes operativos», explica la letrada Patricia Luquin, responsable del servicio telefónico. «El teléfono está atendido por cuatro letrados del Colegio de Abogados especializados en esta materia», señala.

«Nuestra misión es orientar y asesorar a quienes solicitan nuestra ayuda para que sepan cómo han de proceder si han sido víctimas de un delito de odio», continúa Luquin, que precisa que el caso denunciado, en función de su gravedad, puede seguir la vía penal o la administrativa, donde las infracciones se subdividen en leves, graves y muy graves, correspondiendo un órgano decisorio distinto en cada caso.

El Código Penal recoge en su artículo 510 el delito de odio, que lleva aparejados de uno a cuatro años de cárcel y multas entre 300 y 45.000 euros.

«En realidad, lo que se ha hecho ha sido adaptar la legislación a la realidad social y a la nueva sensibilidad», puntualiza la coordinadora del servicio, que asegura que «cada vez se denuncia más».

De hecho, conductas que ahora merecen un doble reproche penal y administrativo, como las vejaciones y humillaciones a miembros del colectivo LGTBI, por poner un ejemplo, hasta recientemente no eran sancionadas o tenían problemas para incardinarse como meras agravantes de otros delitos.

«El teléfono es una herramienta más que responde a la necesidad de cubrir todos los incidentes que se produzcan cuando se vulnera el derecho a la no discriminación por razones sociales, sexuales, económicas, étnicas e ideológicas», afirma Patricia Luquin.