SUCESOS EN ARAGÓN
Recurrida la condena por el asesinato en el pub Blue Lion de Calatayud
El abogado de la familia de la víctima considera que el criminal no confesó los hechos y que es autor de un delito de estafa agravada, por lo que debe ser condenado a 30 años de cárcel
Asesinato en Calatayud: 23 años de cárcel por matar a golpes con un extintor a su amigo para robarle
La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha recibido recientemente el recurso de apelación interpuesto contra la condena de 23 años de cárcel que pesa sobre Juan Andrés Gilgado León (España, 1985) por asesinar a un amigo –José Carlos Pascual Valtueña (España, 1971)– al que golpeó más de 30 veces con un extintor en el pub Blue Lion de Calatayud. El representante procesal de los familiares de la víctima, el abogado Juan Manuel Martín Calvente, considera que la pena privativa de libertad impuesta a Gilgado León se debe elevar hasta los 30 años –25 por el delito de asesinato y otros cinco por el delito de estafa– al argumentar, por un lado, que no se puede aplicar la atenuante de confesión al criminal y, por otro lado, que concurren los elementos que agravan las extracciones de dinero efectuadas con la tarjeta del finado.
A principios del mes de marzo, el presidente del tribunal del jurado, José Ruiz Ramo, condenó a Gilgado León a 23 años de cárcel –21 por asesinato y dos por estafa– una vez que un jurado popular le declaró culpable. «La atenuante de confesión concurre a la vista de que los jurados afirmaron con rotundidad que dicha confesión fue fundamental para descubrir el cuerpo de la víctima por los agentes, a los que acompañó al almacén del pub», recoge el fallo. «Entendemos que la manifestación en el plenario del acusado de que no recordaba nada de lo sucedido no empaña la aplicación de la atenuante de confesión, al menos, con carácter analógico», añade.
Pero el abogado que representa a los familiares del finado entiende que la declaración de Gilgado León en el juicio dificultó la labor del jurado al modificar «sustancialmente» su relato. De ahí que no se deba aplicar la atenuante de confesión y la pena por el delito de asesinato se imponga en su límite máximo: 25 años. A ellos se unirían otros cinco al agravar el delito de estafa en los actos del criminal, defendido por José Luis Melguizo.
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