Novedad en las pensiones: podrás jubilarte con 61 años si cumples estos requisitos
La nueva ley sobre las pensiones trae cambios acerca de la prejubilación que conviene tener en cuenta
Luis Miguel Mora
Este 2024 viene cargado de novedades para los jubilados. Hace unos meses, el Gobierno central aprobó una nueva ley sobre las pensiones, que tiene como objetivo combatir la inflación y garantizar que todos lleguen a fin de mes. Así, el plan es que las pensiones aumenten progresivamente durante los próximos cuatro años, hasta alcanzar un 70% más del valor actual.
Otro de los cambios que trae esta ley es la nueva edad de jubilación, que pasará de los 65 años a los 66 años y 6 meses para aquellos que hayan cotizado 38 años. Una novedad que tiene como fin garantizar la hucha de las pensiones y el buen funcionamiento de las mismas.
Pero el tema que motiva este artículo es otra de las modificaciones que presenta la nueva ley: la posibilidad de adelantar la jubilación a los 61 años si cumplen estos requisitos de la Seguridad Social. Si bien prejubilarse no es una novedad en el plan de pensiones de 2024, hay aspectos creados en función de las circunscansticas del empleo que conviene analizar.
Requisitos de la prejubilación a los 61 años
La Seguridad Social quiere que sigas trabajando en el máximo tiempo posible para poder garantizar la estabilización del sistema de pensiones y que este no corra riesgo porque haya más personas jubiladas que trabajando. Este es uno de los motivos de la nueva ley de pensiones por la que se amplía la edad de jubilación y el tiempo de cotización. Sin embargo, puedes escaparte de esta subida si entras dentro de este grupo de trabajadores.
La jubilación forzosa anticipada afecta a los trabajadores que han sido despedidos por un ERE o por un despido objetivo. También puede existir un fallecimiento o jubilación del empresario, una extinción del contrato por resolución judicial, fuerza mayor o víctima de violencia de género. Si te ha pasado alguno de estos casos, a partir del 1 de enero de 2024 podrás jubilarte siete años antes de la fecha indicada el caso de que hayas cumplido los 38 años cotizados.
Si por el contrario no has trabajado lo suficiente, tendrás que esperar hasta los 62 años y seis meses para poner fin a tu vida laboral por alguna circunstancia especial.
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