Hacienda suspende la 'Ley Beckham' para los extranjeros: no podrán ahorrar en impuestos

Se trata de una normativa que permite ahorrar en impuestos a determinados perfiles de trabajadores

Una oficina de Hacienda.

Una oficina de Hacienda. / ARCHIVO

Los trabajadores extranjeros que vengan a España este año 2023 ya no podrán beneficiarse de la 'Ley Bekcham', una normativa que recibe el nombre del futbolista David Beckham, que fue una de las primeras personas en beneficiarse de la misma.

Según recoge el diario 'El Economista'. la Agencia Tributaria ha decidido suspender este regimen tributario especial para los extranjeros, que les permitía tributar por por el Impuesto de la Renta de No Residentes (IRNR) en lugar de por el IRPF. Es decir, con tipo fijo del 24% hasta los 600.000 euros y al 47% si las ganancias son superiores.

La ley de Startup, que entró en vigor el 23 de diciembre de 2022 con el objetivo de atraer talento, amplió el abanico de posibles beneficiarios, como extranjeros contratados por un empleador español o nómadas digitales. Sin embargo, la Administración no ha desarrollado el reglamento para que estos colectivos puedan acogerse a la 'Ley Beckham'.

Estado de la Ley Beckham

Según explica a 'El Economista' la abogada experta tributaria y socia de Ceca Magán, Almudena Medina, "desde que se dan de alta en la Seguridad Social tienen seis meses para acogerse a este régimen tributario, y, normalmente, en un plazo de uno o dos meses se les comunica el acogimiento al régimen."

No obstante, Medina precisa que actualmente "la Administración les dice que están a la espera del desarrollo reglamentario para decidir estos expedientes. Estos contribuyentes y sus empleadores necesitan saber qué retención se les debe aplicar, no pueden estar en el limbo y menos de cara a la presentación del impuesto en junio de 2024".

En estos casos, lo recomendable es solicitar el régimen especial de tributación y tomar como referencia el proyecto de reglamento. Si la retención ha sido superior en 2023 por no tener la comunicación del régimen, habrá que solicitar la devolución del exceso cuando se presente la declaración anucla.